Categorías migratorias
r
I
I
I
I
I
I
Digitalizado por la Asamblea Nacional
2. Realizar las gestiones que sean necesarias para verificar que
1118
declaraciones y los
documentos presentados por lossolicitantes sean auténticos.
3. Recibir y tramiw, de conformidad con lo que establezcan los reglamentos respectivos, el
penniso de residente temporal a favor de elltnmjeros que deseen cursar estudiosen el
tenitorio nacional. en calidad de estudiantes. regullRS de centros educativos universitarios,
debidamente reconocidos por las autoridades competentes, salvo aquellos establecidos en losacuerdos y leyes especiales.
4. Remitir informe al Servicio Nacional de Migración. dentro de los primeros cinco días de
cada mes, sobre los trámites migratorios realizados en su despacho.
TÍTULO
mCATEGORÍAS MIGRATORIAS
CAPÍTULO I
CLASIFICACIÓN
Articulo 14. Los extranjeros que ingresen al territorio nacional podrán haeerlo bajo las
siguientes catcgorfas migratorias:
I
I
l. Noresidente.
2. Residente temporal.
3. Residente permanente.
4. Extranjeros bajo protección de la República de Panamá.
El órgano Ejecutivo reglamentará las cateaorias y subcategorías migratorias,el
procedimiento. la forma y las condiciones bajo los cuales se expedirán los permisos y las visas,
de acuerdo con
108
principios de seguridad nacioual, salubridad. orden público y protecciónde
los derechos y libertades.
Los extranjeros podr8n optar al cambio de categorfa migratoria previo cumplimiento de
los requisitos establecidos en el presente Decreto Ley y sus reglamentos,salvo las excepciones
que estos seftalen.
Artículo 15. El Órgano Ejecutivo reglamentará las condiciones y los requisitos que deben
cumplirse pata aplicar a cada una de estas categorías migratorias ypodrá crear otras
subcategorías migratorias.
CAPÍTULO
n
NORUIDENTE
.. ~..::='
I
I
I
.;¡:: /;)
.t:" "w
"
,," .. '
•
Digitalizado por la AlIIImblea NlK:ional
'"...
Regístrate para leer el documento completo.