Catolico
objeto normar la educación que se imparta en el Estado de Chihuahua, ya sea por el Estado, losmunicipios y los organismos descentralizados de éstos, así como los particulares con autorización
o reconocimiento de validez oficial de estudios, cualesquiera que sea su tipo, nivel y modalidad.
Laeducación es un servicio público prioritario, un bien social de anhelo común que, por tanto, es
responsabilidad del Estado y la sociedad. En consecuencia, deberá promoverse la vinculación
entre elsector educativo y los promotores de la cultura, así como también con organismos
públicos o privados encargados de proteger la salud, el medio ambiente y la seguridad en general,
que promuevan eldesarrollo individual y colectivo con los sectores productivos, procurando el
diálogo con éstos y con los medios de comunicación.
Artículo 2.- Para los efectos de esta ley, se entenderá por:
I.-Educación, al medio fundamental para adquirir, trasmitir y acrecentar la cultura. Es el
proceso permanente de análisis y reflexión crítica que contribuye al desarrollo integral
del individuo y dela sociedad, mediante la adquisición de la información pertinente
para la construcción y aplicación de los conocimientos y de los valores, cultivando las
facultades físicas, intelectuales, creativasy estéticas para desarrollar la capacidad de
juicio, la voluntad y la afectividad y propiciar de esta manera la comunicación a través
de un diálogo con la participación activa del educando paraformarlo de manera que
tenga sentido de identidad personal y solidaridad social.Ley Estatal de Educación
2
II.- Autoridad educativa estatal, al titular del Poder Ejecutivo y a la dependencia enque,
conforme a su Ley Orgánica, recaiga dicha función;
III.- Autoridad educativa municipal, al ayuntamiento de cada municipio de la Entidad;
IV.- Educando, al sujeto activo, pensante y creativo,...
Regístrate para leer el documento completo.