catu
Una cosa son las deducciones o compensaciones durante la vigencia del contrato, que las que se realizan en la liquidación final delcontrato de trabajo, pues en la primera se requiere autorización previa y expresa del trabajador, mientras que en el segundo caso no se requiere del ex trabajador, siempre que sean acreencias legales yexigibles, de lo contrario nace la sanción moratoria.
La Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, recuerda la diferencia entre los descuentos o compensaciones que se le hacen al trabajador en susalario y prestaciones sociales durante la vigencia del contrato, a cuando se hacen en la liquidación final, cuando la relación laboral ya ha terminado.
En el primer caso, la relación laboral estávigente y como tal, la dependencia o subordinación está vigente, mientras que en el momento en que se termina la relación laboral dicha subordinación termina y nace la obligación de pagar los salarios yprestaciones adeudados, pero jurídicamente la relación laboral (subordinación o dependencia) no existe.
“… A lo precedente se suma, que en estos casos de deducciones luego de finalizada la relaciónlaboral, no se requiere en rigor de autorización escrita de descuento, pues como lo ha adoctrinado esta Sala en ocasiones anteriores: “La restricciones al derecho de compensación del empleador mediante laprohibición de descuentos sin autorización tiene carácter protector plenamente justificado durante la vigencia del contrato de trabajo, es decir, cuando está en pleno vigor la dependencia ysubordinación del trabajador en relación con el empleador. Pero para el momento de terminación del contrato la subordinación desaparece, como también fenece el carácter de garantía que los salarios y...
Regístrate para leer el documento completo.