CCDF
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL: 13 DE MARZO DE 2008.
Código publicado en la Sección Tercera del Diario Oficial de la Federación los días sábado 26 de mayo; sábado 14 de julio; viernes 3 de agosto y viernes 31 de agosto, todos de 1928.
El C. Presidente Constitucional de la República se ha servido dirigirme eldecreto que sigue:
"PLUTARCO ELIAS CALLES, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que en uso de la facultad que ha tenido a bien conferirme el H. Congreso de la Unión por Decretos de 7 de enero y de 6 de diciembre de 1926 y de 3 de enero de 1928, expido el siguiente:
(REFORMADA SU DENOMINACION, G.O. 25 DE MAYO DE 2000)
Código Civil para elDistrito Federal
Disposiciones preliminares
(REFORMADO, G.O. 25 DE MAYO DE 2000)
ARTICULO 1°.- Las disposiciones de este Código regirán en el Distrito Federal.
(REFORMADO, G.O. 25 DE MAYO DE 2000)
ARTICULO 2°.- La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer. A ninguna persona por razón de edad, sexo, embarazo, estado civil, raza, idioma, religión, ideología, orientación sexual,color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, carácter físico, discapacidad o estado de salud, se le podrá negar un servicio o prestación a la que tenga derecho, ni restringir el ejercicio de sus derechos cualquiera que sea la naturaleza de estos.
(REFORMADO, G.O. 25 DE MAYO DE 2000)
ARTICULO 3°.- Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquieraotras disposiciones de observancia general para el Distrito Federal, obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación en la Gaceta Oficial.
(REFORMADO, G.O. 25 DE MAYO DE 2000)
ARTICULO 4°.- Si la ley, reglamento, circular o disposición de observancia general para el Distrito Federal, fija el día en que debe comenzar a regir, obliga desde ese día, con tal de que su publicaciónhaya sido anterior.
ARTICULO 5º.- A ninguna ley ni disposición gubernativa se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
ARTICULO 6º.- La voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla o modificarla. Sólo pueden renunciarse los derechos privados que no afecten directamente al interés público, cuando la renuncia no perjudique derechos detercero.
ARTICULO 7º.- La renuncia autorizada en el artículo anterior no produce efecto alguno si no se hace en términos claros y precisos, de tal suerte que no quede duda del derecho que se renuncia.
ARTICULO 8º.- Los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de interés público serán nulos, excepto en los casos en que la ley ordene lo contrario.
ARTICULO 9º.- La leysólo queda abrogada o derogada por otra posterior que así lo declare expresamente, o que contenga disposiciones total o parcialmente incompatibles con la ley anterior.
ARTICULO 10.- Contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario.
ARTICULO 11.- Las leyes que establecen excepción a las reglas generales, no son aplicables a caso alguno que no estéexpresamente especificado en las mismas leyes.
(REFORMADO, G.O. 25 DE MAYO DE 2000)
ARTICULO 12.- Las leyes para el Distrito Federal, se aplicarán a todas las personas que se encuentren en el territorio del mismo, sean nacionales o extranjeros.
(REFORMADO, G.O. 25 DE MAYO DE 2000)
ARTICULO 13.- La determinación del derecho aplicable en el Distrito Federal se hará conforme a las siguientesreglas:
I.- En el Distrito Federal serán reconocidas las situaciones jurídicas válidamente creadas en otras entidades de la República;
II.- El estado y la capacidad de las personas se rige por las leyes aplicables en el Distrito Federal;
III.- La constitución, régimen y extinción de los derechos reales sobre inmuebles, así como los contratos de arrendamiento y de uso temporal de tales...
Regístrate para leer el documento completo.