CCONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES
HÉCTOR BENITO SAMPEDREÑO MUÑOZ
LIC. EN DERECHO, MAESTRIA EN GESTION Y POLITICAS
PÚBLICAS, PROFESOR EN MATERIA DE INTRODUCCION AL
DERECHO
TAREA 4
SABADO 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2015
1). QUE SON LOS CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES:
El concepto viene a ser el predicado, del sujeto de un juicio referido a una materia
de conocimiento, donde el concepto es fundamental cuando es integrante del
objeto al cual se refiere. Entonces es que un concepto jurídico fundamental es el
predicado referido al derecho, sin el cual éste no puede concebirse: será un
elemento constitutivo de todo derecho posible.
Los conceptos jurídicos fundamentales son elementos de carácter formal, invariables y estructurales que sirven como base del derecho (normas jurídicas) y
constituyen el fundamento teórico de éste. La importancia de los conceptos
jurídicos fundamentales está en que su conocimiento permite atribuir
valor
científico a la jurisprudencia. En ausencia de éstos, no se entendería un orden
jurídico determinado históricamente.
Función: Son simplificaciones, son abreviaturas que nos permiten comprender en
forma específica y pura la información en la ciencia del derecho, para establecer
regularidades del
desarrollo del objeto estudiado, en este caso la
estructura
lógica
y la
dinámica
del Derecho.
Existen también los conceptos jurídicos contingentes que análogamente hablando
son: Los principios de interpretación del derecho, desde el punto de vista de la
jurisprudencia
, que pueden diferenciarse en su significado según nos ubiquemos
en la dogmática (sinónimo ciencia del derecho) constitucional o en la procesal.
De los conceptos contingentes se pueden distinguir los siguientes:
COMPETENCIA (P
oder otorgado a un órgano jurisdiccional para entender de un determinado asunto); RESPONSABILIDAD jurídica (Deuda: obligación para
reparar satisfacer a consecuencia de
delito
, de una culpa o de otra causa legal).
La
diferencia
entre los conceptos jurídicos fundamentales o esenciales (llamados
también categorías jurídicas) y los contingentes (llamados históricos), está en
que, en los contingentes no existen en todo ordenamiento positivo; en
cambio los
fundamentales, no pueden dejar de existir en un
sistema
jurídico.
Ejemplos de conceptos jurídicos fundamentales, esenciales o categorías jurídicas
son:
Según Kelsen:
La
sanción
. Este es un mal. (La privación de un bien tal como la vida, la
libertad
o la
propiedad
) que se infringe coactivamente por un órgano de Estado que actúa aplicando una norma jurídica.
Hecho antijurídico
. Esto es, la trasgresión. Es el hecho antecedente al que se
encuentra imputada la sanción, o sea, la
hipótesis que condiciona la reacción
especifica (coactiva) del derecho.
Responsable
. También en
función del concepto de sanción accedemos al de
"responsable". Es responsable de determinada trasgresión aquella
persona a la
cual se aplica la sanción, independientemente de que haya sido o no quien realizó
el acto prohibido.
El
deber jurídico
. Es lo opuesto contradictoriamente a la trasgresión. Un ejemplo
de esto es; Si es ilícito matar, el deber es no matar.
Según García Máynez:
Supuesto de derecho
. Como la hipó
tesis de cuya realización dependen que se
actualicen las consecuencias establecidas en la norma.
La
sanción
. La contempla como la consecuencia que el incumplimiento de un
deber produce en relación con el obligado. Sin embargo ésta no debe de ser
confundida con la coacción, ya que ésta es la consecuencia normativa secundaria.
El
deber jurídico
. Es la restricción ...
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