Centralizacion
http://www.dipres.gob.cl/572/article-37510.html
http://www.egobs.org/documentos/Estructura%20Juridica%20del%20Estado%20de%20Chile.pdf
consiste en la distribución de unaactividad del Estado o servicio público. Esta puede ser de dos clases:
i. Descentralización política: Se manifiesta como una distribución del poder público, reconociendo diversas fuentes originariasde derecho positivo que generalmente tiene base territorial. Este ente se halla investido de poder, de facultad para generar las normas que han de regir su actividad. El caso más característico se daen los Estados Federales, en particular, los Estados miembros. Es muy excepcional en los Estados unitarios ya que esta clase de descentralización es un problema que precisamente atañe a la unidadpolítica del Estado2.
ii. Descentralización administrativa: En este caso el Estado lo que distribuye son funciones y crea órganos para cumplir cometidos específicos. Lo que se descentraliza es laejecución de una norma; actúan a través del poder del Estado, no se autogobiernan, en el sentido de que autodeterminen las normas que rigen su actividad. Como veremos puede tener o no asiento territorial.Sus organismos se caracterizan por:
Reciben sus atribuciones directamente de la ley que los crea.
Tienen personalidad jurídica y patrimonio propio.
Son independientes jerárquicamente delpoder central mas son responsables ante el mismo. Este control se denomina “tutela”, la cual se ejerce a través de un órgano contralor, no por un superior jerárquico (no los tienen).
DesconcentraciónAdministrativa3: Es un fenómeno que se verifica en el seno de la Administración central del Estado, que consiste en la delegación de funciones, hecha por la ley generalmente, del órgano que se...
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