Centros Educativos En El Exterior
En base a esto , la acción educativa en el exterior se podrá desarrollar en diferentes instituciones como son:
1- Centros de Titularidad del Estado Español.
Corresponde alGobierno su creación mediante Real Decreto que debe aprobar el Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los ministros de Educación y Asuntos Exteriores. Tendrán un nombre específico y estaráninscritos en el registro público del M.E. correspondiente.Imparten sus enseñanzas conforme al sistema educativo español y se limitan a las enseñanzas no universitarias. Podrán ser centros específicos de undeterminado nivel o etapa del sistema educativo español o centros en los que se impartan enseñanzas de diferentes niveles o etapas. No obstante, se contempla que estas enseñanzas puedan adaptarse alsistema educativo del país de ubicación y completarán su oferta educativa con la organización de actividades de proyección cultural, coordinadas con los servicios culturales de las respectivas Embajadasde España o Centros del Instituto Cervantes.
2- Centros con participación del Estado español:
. Centros de titularidad mixta.Tienen un régimen económico autónomo.serán dirigidospor funcionarios españoles, que nombra el M.E., y se rigen por el convenio establecido entre España y el país de residencia y de los reglamentos de régimen interior. Pueden impartir enseñanzas delsistema educativo español y de los países respectivos, pero siempre reflejando la Lengua y Cultura Españolas. Los dos centros de estas características son el Colegio Hispano Brasileño Miguel de...
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