Certificado de deposito y bono de prenda.
Certificado de depósito y bono
De prenda.
La Ley General de Instituciones de Crédito enumera entre las empresas de ese nombre los Almacenes Generales de Depósito, que “tienen por objeto elalmacenamiento, guarda o conservación de bienes o mercancías, y la expedición de certificados de depósito y bonos de prenda”, que solo ellos pueden emitir. Para funcionar necesitan, como las demásinstituciones de crédito, de la debida autorización del gobierno federal, otorgada a través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.
Contando con locales ad hoc para conservar seguramente lasmercancías que reciben; pudiendo dar grandes facilidades para el transporte y para las operaciones de la carga y descarga; instalados en puertos, o en lugares del interior, pero siempre contiguos a centrosde fáciles comunicaciones; pudiendo recibir mercancías aun sin haberse cubierto los derechos de importación que las graven, proporcionan estas instituciones de crédito muy grandes beneficios a laindustria y al comercio y, en general, al publico, señaladamente por la emisión de los títulos indicados: el certificado de depósito y el bono de prenda, verdaderos títulos de crédito que el Almacénexpide al depositante a cambio de la mercancía o efectos que este le entrega, lo cual viene a constituir la nota característica de las instituciones.
El certificado confiere a su tenedor el dominiopleno de las cosas depositadas, quien puede retirarlas en cualquier tiempo mediante la devolución del doble titulo y el pago de sus obligaciones a favor del Fisco y del Almacén.
El articulo 231 enumeralos requisitos que deben contener tanto el certificado de depósito como el bono de prenda, y el 232 expresa los que además debe llenar el segundo de dichos títulos de manera especial y privativa.
Elbono de prenda, como decía el Código de Comercio en su artículo 341, representa el contrato de préstamo con la consiguiente garantía de las mercancías depositadas, y confiere por si mismo los...
Regístrate para leer el documento completo.