Cesion De Derechos En Argentina
En la cesión de derechos, una de las partes (cedente) se obliga a transferir a la otra (cesionario) el derecho que le compete contra su deudor, entregando el titulo del crédito,si existiere. Las partes son: cedente y cesionario. El tercero cedido, ocupa una posición jurídica, pero no es parte.
Caracteres. a. Consensual b. Formal c. Oneroso o gratuito
Forma. Formal solemne.Ad solemnitatem relativo. Algunas cesiones deben hacerse por escritura pública. Deben hacerse por escritura pública las cesiones de: derechos litigiosos, de derechos provenientes de actos consignadosen escritura publica y de derechos hereditarias
Efectos de la notificación. La notificación al cedido, hace oponible la cesión a terceros, y al mismo deudor cedido, ya que antes de la notificación,si paga al cedente, estaría pagando bien.
Forma de la notificación. Respecto del deudor cedido es no formal: puede hacerse por instrumento privado o hasta verbalmente, salvo que sea hecha por elcesionario o por escribano público, entonces, deberá hacerse sobre la base de un documento emanado del cedente, en donde conste la cesión. Con respecto a terceros, debe ser por instrumento público.Objeto de la cesión. El principio es general es que todo derecho pueden cederse, salvo prohibición expresa de la ley o de la voluntad de las partes.
Derechos que pueden cederse. 1. Los créditoscondicionales o eventuales, los créditos exigibles, los créditos aleatorios, los créditos a plazo. 2. Los créditos litigiosos o dudosos. 3. Los derechos sobre cosas futuras. 4. Los derechos que resultaren deconvenciones concluidas y aun los que pudieren resultar de las no concluidas.
Derechos incesibles. 1. Los inherentes a la persona. 2. Los derechos de uso y habitación. 3. Las esperanzas de sucesión.4. Las jubilaciones y pensiones, civiles o militares. 5. El derecho a alimentos futuros. 6. El derecho adquirido por un pacto de preferencia en la compraventa. 7. Indemnización por accidentes de...
Regístrate para leer el documento completo.