CFF 2014
I. …
a) yb)
Artículo 10.- …
I. …
a) yb)
c) Cuando sean usuarios de los servicios que presten las entidades financieras y las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y no hayan manifestado alguno de los domicilios citados en los incisos anteriores o no se encuentren localizados en los mismos, el domicilio que hayanmanifestado a dichas entidades y sociedades cooperativas en donde se localice al contribuyente.
AGJ y AGSC: Se incorpora como supuesto de domicilio fiscal de las personas físicas, el que tengan señalado en el estado de cuenta que emitan las entidades financieras. Esta propuesta se encuentra vinculada con la plasmada en el artículo 32-B de este Código.
Nota de la AGJ:Esta propuesta ya se habíaformulado y fue consensuada con la SSI en 2012.
El domicilio es un centro de imputación de derechos y obligaciones.
La movilidad de la persona física es un hecho, lo cual puede ser un problema para el fisco federal por cuanto la localización del contribuyente. No obstante, cualquier propuesta debe garantizar el respeto al derecho de seguridad jurídica.
El domicilio manifestado ante unainstitución o entidad financiera determinada, no necesariamente es aquel donde se encuentra la persona física, puesto que puede ser el caso, por ejemplo, que la persona tenga varias cuentas bancarias al mismo tiempo, algunas de ellas inactivas, y con domicilio distinto unas respecto las otras.
Por tanto, una medida razonable es que se tome en cuenta el domicilio más reciente manifestado ante talinstitución o entidad.
c) Únicamente en los casos en que la persona física, que realice actividades señaladas en los incisos anteriores no cuente con un local, su casa habitación. Para estos efectos, las autoridades fiscales harán del conocimiento del contribuyente en su casa habitación, que cuenta con un plazo de cinco días para acreditar que su domicilio corresponde a uno de los supuestosprevistos en los incisos a) o b) de esta fracción.
d) Únicamente en los casos en que la persona física, que realice actividades señaladas en los incisos anteriores no cuente con un local, su casa habitación. Para estos efectos, las autoridades fiscales harán del conocimiento del contribuyente en su casa habitación, que cuenta con un plazo de cinco días para acreditar que su domicilio corresponde auno de los supuestos previstos en los incisos a), b) o c) de esta fracción.
AGJ y AGSC
Se reubica como inciso d) y se ajusta redacción para considerar el nuevo inciso c).
II. …
a) y b) …
II. …
a) y b) …
Cuando los contribuyentes no hayan designado un domicilio fiscal estando obligados a ello, o hubieran designado como domicilio fiscal un lugar distinto al que lescorresponda de acuerdo con lo dispuesto en este mismo precepto o cuando hayan manifestado un domicilio ficticio, las autoridades fiscales podrán practicar diligencias en cualquier lugar en el que realicen sus actividades o en el lugar que conforme a este artículo se considere su domicilio, indistintamente.
Las autoridades fiscales podrán practicar diligencias en el lugar en que elcontribuyente informe a la autoridad que se encuentra su contabilidad y, a falta de éste, en cualquier lugar en el que conforme a este artículo se considere su domicilio fiscal, o bien,en donde realice sus actividades o donde se le encuentre.
Asimismo, se considerará como domicilio fiscal del contribuyente, el domicilio fiscal virtual que le sea asignado derivado de su inscripción ante el Registro Federalde Contribuyentes.
AGAFF: Se elimina obstáculo para que la autoridad libremente pueda practicar actos de fiscalización tanto en su domicilio fiscal como en cualquier lugar en que realice actividades.
Las autoridades fiscales deben ejercer sus facultades en el domicilio fiscal del contribuyente. Asimismo, podrían ampliar físicamente una visita domiciliaria, al lugar en donde se haya...
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