Charlas
MIGUEL MESIAS TORRES HERNANDEZ, mayor de edad, casado, ecuatoriano, y domiciliada en esta ciudad de Quito ante ustedes, respetuosamente, comparezco einterpongo acción extraordinaria de protección:
1. LEGITIMIDAD ACTIVA
De acuerdo con el Art. 88, de la Constitución de la República del Ecuador, y por ser parte activa en el proceso, presento elsiguiente recurso de acción de protección de amparo en contra del fallo del Alcalde de Quito en la persona del Subprocurador Metropolitano de Quito.
2. DECISIÓN JUDICIAL IMPUGNADA
La decisiónjudicial impugnada es la Resoluciòn No. 0000194 de 13 de abril del 2010 las 14h42, dictada por el Subprocurador Metropolitano de Quito y notificada el 22 de los mismos mes y año.
3. DERECHOSVULNERADOS
El impugnado auto ha violado El Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador el mismo que en sus numerales correspondientes dice:
Art. 76.- En todo proceso en el que sedeterminen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:
1. Corresponde a toda autoridad administrativa ojudicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes.
2. Las pruebas obtenidas o actuadas con violación de la Constitución o la ley no tendrán validez algunay carecerán de eficacia probatoria.
3. En caso de conflicto entre dos leyes de la misma materia que contemplen sanciones diferentes para un mismo hecho, se aplicará la menos rigurosa, aúncuando su promulgación sea posterior a la infracción. En caso de duda sobre una norma que contenga sanciones, se la aplicará en el sentido más favorable a la persona infractora.
4. La leyestablecerá la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra naturaleza.
5. El derecho de las personas a la defensa incluirá las...
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