CHEQUE SIN FONDOS LA INDEMNIZACION POR DA OS Y PERJUICIOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 193 DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO

Páginas: 2 (498 palabras) Publicado: 6 de mayo de 2015

Registro No. 213097
Localización:
Octava Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
XIII, Marzo de 1994
Página: 337
Tesis: I.8o.C.32 C
TesisAislada
Materia(s): Civil

CHEQUE SIN FONDOS, LA INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 193 DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO, AL TENER EL CARACTER DE UNASANCION DE NATURALEZA LEGAL, NO ES SUSCEPTIBLE DE GENERAR INTERESES LEGALES POR MOTIVO DE LA MORA EN EL PAGO.

La indemnización por daños y perjuicios prevista en el artículo 193 de la Ley General deTítulos y Operaciones de Crédito, al tener el carácter de una sanción de naturaleza legal, no es susceptible de generar intereses legales por motivo de la mora en el pago de la cantidad correspondiente. Enefecto, de acuerdo con dicho precepto, si un cheque es presentado en tiempo y no es pagado por causa imputable al librador, éste debe indemnizar al tenedor del documento de los daños y perjuiciosocasionados por ese motivo. Tal indemnización por concepto de daños y perjuicios constituye una sanción porque determina su pago a cargo del librador con base en hechos realizados por este último, comoes el caso en que la cuenta del librador carezca de fondos suficientes para cubrir el importe del cheque relativo. Ahora bien, si la indemnización es una sanción en contra del librador que se sitúa enla hipótesis contenida en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la misma no puede jurídicamente generar interés alguno, porque no existe disposición legal que autoriceimponer una sanción al deudor sobre otra sanción impuesta por la ley aplicable. Esto es, de acuerdo con el artículo 361 del Código de Comercio, toda prestación pactada en favor del acreedor, queconste precisamente por escrito, se reputará interés. Asimismo en el artículo 362 en su primer párrafo, se señala: 'Los deudores que demoren el pago de sus deudas deberán satisfacer, desde el día...
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