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La huelga o paro es la suspensión colectiva de la actividad laboral por parte de los trabajadores con el fin de reivindicar mejoras en las condiciones de trabajo o manifestarsecontra recortes en los derechos sociales según la Organización Internacional del Trabajo, es uno de los medios legítimos fundamentales de que disponen los ciudadanos y específicamente los trabajadores (através del movimiento sindical y las organizaciones sindicales) para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales.
Cuando es licita e ilícita
Artículo 445.- La huelga es ilícita:I. Cuando la mayoría de los huelguistas ejecuten actos violentos contra las personas o las propiedades; y
II. En caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a establecimientos o serviciosque dependan del Gobierno.
Artículo 446.- Huelga justificada es aquella cuyos motivos son imputables al patrón.
Artículo 447.- La huelga es causa legal de suspensión de los efectos de lasrelaciones de trabajo por todo el tiempo que dure.
Artículo 448.- El ejercicio del derecho de huelga suspende la tramitación de los conflictos colectivos de naturaleza económica pendientes ante la Junta deConciliación y Arbitraje, y la de las solicitudes que se presenten, salvo que los trabajadores sometan el conflicto a la decisión de la Junta.
No es aplicable lo dispuesto en el párrafo anteriorcuando la huelga tenga por objeto el señalado en el Artículo 450, aracción VI.
Artículo 449.- La Junta de Conciliación y Arbitraje y las autoridades civiles correspondientes deberán
hacer respetarel derecho de huelga, dando a los trabajadores las garantías necesarias y prestándoles el
auxilio que soliciten para suspender el trabajo.
Artículo 450.- La huelga deberá tener por objeto:
I.Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del
trabajo con los del capital;
II. Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo...
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