CIDIP V
Suscripta en México, D.F., México el 18 de marzo de 1994, en la Quinta Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP-V)
Los Estados Parte en la Presente Convención, CONSIDERANDO la importancia de asegurar una protección integral y efectiva del menor, por medio de la instrumentación demecanismos adecuados que permitan garantizar el respeto de sus derechos; CONSCIENTES de que el tráfico internacional de menores constituye una preocupación universal; TENIENDO EN CUENTA el derecho convencional en materia de protección internacional del menor, y en especial lo previsto en los artículos 11 y 35 de la Convención sobre Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las NacionesUnidas el 20 de noviembre de 1989; CONVENCIDOS de la necesidad de regular los aspectos civiles y penales del tráfico internacional de menores; y REAFIRMANDO la importancia de la cooperación internacional para lograr una eficaz protección del interés superior del menor, Convienen lo siguiente:
CAPITULO PRIMERO
NORMAS GENERALES
Artículo 1
El objeto de la presente Convención, con miras a laprotección de los derechos fundamentales y el interés superior del menor, es la prevención y sanción del tráfico internacional de menores, así como la regulación de los aspectos civiles y penales del mismo.
En tal sentido, los Estados Parte de esta Convención se obligan a:
a) asegurar la protección del menor en consideración a su interés superior;
b) instaurar un sistema de cooperación jurídicaentre los Estados Parte que consagre la prevención y sanción del tráfico internacional de menores, así como adoptar las disposiciones legales y administrativas en la materia con ese propósito; y
c) asegurar la pronta restitución del menor víctima del tráfico internacional al Estado de su residencia habitual, teniendo en cuenta el interés superior del menor.
Artículo 2
Esta Convención se aplicará acualquier menor que se encuentre o resida habitualmente en un Estado Parte al tiempo de la comisión de un acto de tráfico internacional contra dicho menor.
Para los efectos de la presente Convención:
a) "Menor" significa todo ser humano cuya edad sea inferior a dieciocho años.
b) "Tráfico internacional de menores" significa la substracción, el traslado o la retención, o la tentativa desubstracción, traslado o retención, de un menor con propósitos o medios ilícitos.
c) "Propósitos ilícitos" incluyen, entre otros, prostitución, explotación sexual, servidumbre o cualquier otro propósito ilícito, ya sea en el Estado de residencia habitual del menor o en el Estado Parte en el que el menor se halle localizado.
d) "Medios ilícitos" incluyen, entre otros, secuestro, consentimientofraudulento o forzado, la entrega o recepción de pagos o beneficios ilícitos con el fin de lograr el consentimiento de los padres, las personas o la institución a cuyo cargo se halla el menor, o cualquier otro medio ilícito ya sea en el Estado de residencia habitual del menor o en el Estado Parte en el que el menor se encuentre.
Artículo 3
Esta Convención abarcará, asimismo, los aspectos civiles de lasustracción, el traslado y la retención ilícitos de los menores en el ámbito internacional no previstos por otras convenciones internacionales sobre la materia.
Artículo 4
Los Estados Parte, en la medida de lo posible, cooperarán con los Estados no Parte en la prevención y sanción del tráfico internacional de menores y en la protección y cuidado de los menores víctimas del hecho ilícito.
Ental sentido, las autoridades competentes de los Estados Parte deberán notificar a las autoridades competentes de un Estado no Parte, en aquellos casos en que se encuentre en su territorio a un menor que ha sido víctima del tráfico internacional de menores en un Estado Parte.
Artículo 5
A los efectos de la presente Convención, cada Estado Parte designará una Autoridad Central y comunicará dicha...
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