Ciencias de la tierra
De acuerdo con este sistema, será un órgano jurisdiccional el llamado a controlar la constitucionalidad de las leyes. De estamanera el control de beneficiará con la ventaja de competencia técnica y de imparcialidad que ofrece la persona de juez, y también con las garantías de procedimiento judicial, publicidad, debatecontradictorio demás circunstancias de que está rodeado el ejercicio de la actividad jurisdiccional. Atribuir el control de la constitucionalidad de las leyes a un juez, es poner de relieve la idea primordialtendiente a evitar toda desnaturalización o deformación en el sistema; el control es de orden estrictamente jurídico, y no se trata de buscar si la ley es buena o mala, oportuna o no, sinoúnicamente de saber si es contraria o conforme al texto constitucional.
El control jurisdiccional puede revestir dos formas diferentes: control de la constitucionalidad de las leyes por vía de acción y controlde la constitucionalidad de las leyes por vía de excepción.
a) Control de la constitucionalidad de las leyes por vía de acción. Es el procedimiento ofensivo. Se ataca la ley directamente ante untribunal, al cual se pide examine su validez constitucional, su conformidad con la Constitución, y si es procedente, declarar su nulidad total o la nulidad de los preceptos que colidan con laConstitución. Puede ser propuesta ante los tribunales ordinarios o ante una jurisdicción constitucional instituida al efecto.
b) Control de la constitucionalidad de las leyes por vía de excepción. Es elprocedimiento defensivo. Para que una persona pueda invocar la inconstitucionalidad de una ley o una norma legal, es preciso que esa ley o esa norma se le aplique. Si una ley invocada es contraria a laConstitución, no se pedirá al juez su anulación, sino que la deje de aplicar, lo cual es políticamente menos grave.
Diferencias entre el control la constitucionalidad de las leyes por vía de...
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