Ciencias Juridicas
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL P.O. #162 DE FECHA 28 DE DICIEMBRE DE 2012.
Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, No. 119 del domingo 10 de Septiembre de 2006.
EL C. JOSÉ NATIVIDAD GONZÁLEZ PARÁS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, A TODOS SUHABITANTES HAGO SABER:
Que el H. Congreso del Estado ha tenido a bien decretar lo que sigue:
DECRETO
Núm. 415
LEY DEL SISTEMA ESPECIAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
TÍTULO I
Normas Generales y Principios, Derechos y Garantías del Adolescente
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1.- Ámbito de aplicación según los sujetos
Esta Ley se aplica atodo adolescente a quien se le atribuya la realización de una conducta tipificada en las leyes penales del Estado de Nuevo León como delito.
Se entiende por niño al menor de doce años de edad, y por adolescente a toda persona mayor de doce y menor de dieciocho años de edad.
También se aplicará esta Ley a los menores de edad que, en el transcurso del proceso y aun durante la etapa de ejecuciónde la medida impuesta, cumplan dieciocho años. Igualmente se aplicará cuando los menores de edad sean acusados después de haber cumplido dieciocho años por hechos presuntamente cometidos cuando eran adolescentes.
Artículo 2.- Sistema Especializado
Todo adolescente a quien se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito en las leyes penales será sujeto al régimenespecial previsto por esta Ley. En ningún caso podrá ser juzgado como adulto, ni se le aplicarán las sanciones reservadas por las leyes penales.
Los adolescentes responderán por sus conductas ilícitas en la medida de su responsabilidad en forma diferenciada a los adultos.
(ADICIONADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2007)
Cuando en razón de la competencia, un Juez Penal o Mixto se inhiba de conocerun asunto por tratarse de un adolescente, remitirá las actuaciones al Juez de Garantías de Adolescentes infractores; esta Autoridad radicará y señalará fecha dentro de los tres días siguientes para la celebración de una audiencia, con el fin de poner en conocimiento de las partes de la llegada de los autos al Juzgado; en la misma, se les oirá e inmediatamente el Juez resolverá si reconoce sucompetencia; si no la reconoce, remitirá los autos al Tribunal de competencia para su resolución; si la reconoce, en la audiencia se escuchará al Ministerio Público sobre si sostiene la imputación; examinará la posibilidad de poner en libertad al menor o vincularlo a proceso; en su caso, resolverá sobre la aplicación de la medida cautelar, proveyendo de oficio el trámite que corresponda.(ADICIONADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2007)
Si se hubiese dictado auto de formal prisión, sus efectos subsistirán hasta que se haya declarado la vinculación del adolescente a proceso.
Artículo 3.- Grupos de edad
Para los efectos de la aplicación de esta Ley, se distinguirán tres segmentos según la edad de los adolescentes:
I.- Aquellos que tengan entre doce y menos de catorce años de edad;
II.-Aquellos que tengan entre catorce y menos de dieciséis años de edad; y
III.- Aquellos que tengan entre dieciséis y menos de dieciocho años de edad.
Artículo 4.- Presunción de edad
Si existen dudas de que una persona es adolescente o adulto se le presumirá adolescente y quedará sometida a esta Ley, hasta que se pruebe fehacientemente lo contrario.
Si existen dudas de que una persona esmenor de doce años o adolescente se le presumirá menor de doce años y no se le someterá a las normas previstas por esta Ley hasta que se pruebe fehacientemente lo contrario.
Si la duda se refiere al grupo de edad al que pertenece el adolescente se presumirá que forma parte del que le sea más conveniente.
Artículo 5.- Interpretación y aplicación
La interpretación y aplicación de las...
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