Ciencias
GABRIEL O. COLORADO V.
2007
INCAPACIDAD
Estado de inhabilidad, física o mental, de un individuo que le impide desempeñar temporalmente su profesión u oficiohabitual.
INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD GENERAL
Prestación económica si > 3 días Prórroga si igual enfermedad o lesión, o relacionadas sin interrupción > 30 días
SOPORTES PARA LA GENERACIÓN/TRANSCRIPCIÓN •Certificado de incapacidad generado por el médico tratante. •Copia historia clínica. •En caso de SOAT, aportar también copia del certificado de víctima de accidente de tránsito.
INCAPACIDADESPOR ATEP
•Anexar el respectivo Informe Patronal de Accidente de Trabajo. •Las incapacidades por ATEP las paga la administradora de Riesgos Profesionales (ARP). •Desde el día siguiente y hasta elmomento de su rehabilitación
LEGISLACIÓN
• DECRETO NÚMERO 770 DEL 30 DE ABRIL DE 1975 del ISS.
Reglamento general del seguro de enfermedad general y maternidad. Artículo 47. La acción para elreconocimiento de una prestación y el derecho a cobrar cualquier subsidio prescribe en un año.
• DECRETO 806 DE 1998. . ARTICULO 80. PAGO DE INCAPACIDADES Y
LICENCIAS. Cuando el empleador se encuentre enmora y se genere una incapacidad por enfermedad general o licencia de maternidad éste deberá cancelar su monto por todo el período de la misma y no habrá lugar a reconocimiento de los valores porparte del Sistema General de Seguridad Social ni de las Entidades Promotoras de Salud ni de las Adaptadas. • DECRETO 2280 de 2004, Artículo 2°. Proceso de compensación. ...los reconocidos para financiarel percápita de las actividades de promoción y prevención, incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad y paternidad.
DECRETO 2463 DE 2001
CAPITULO III ARTICULO 23
Siincapacidad temporal < 150 días EPS (Md Laboral) AFP o ARP JCI
Si incapacidad temporal = 180 días
(Dto Ley 1295 – 94)
ARP posterga
360 días +
JCI
DECRETO NÚMERO 047 DE 2000 Y DECRETO 783...
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