ciencias
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del EstadoVargas, estado Vargas 18 de Noviembre de 2014
200º y 152º
ASUNTO : WP01-P-000
SENTENCIA ABSOLUTORIA
Tribunal primero de Juicio
ACUSADO: WILFREDO ALBERTO GONZALEZ SEGURA.
FISCALIA QUINCUAGESIMA PRIMERA DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
ABG. ROSANY MORENO
DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO EN FLAGRANCIA
VICTIMA: PEDRO RAMON GUTIERREZ GUILLARTE (OCCISO) .
DEFENSA PRIVADA ABG. JINNY GAMBOA
Procede este Tribunal Unipersonal de Juicio primero del Circuito Judicial Penal Estado vargas a motivar el dispositivo emitido en la culminaciòn del Debate Oral y Pùblico en el proceso seguido al acusadoWILFREDO ALBERTO GONZALEZ SEGURA quien fue encontrado INOCENTE del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN FLAGRANCIA que le atribuyò la Fiscalìa quincuagesima primera del Ministerio Pùblico de la Circunscripciòn Judicial del Estado vargas toda vez que no se logrò demostrar su responsabilidad en la comisiòn del delito atribuido y en consecuencia de ello se emitiò sentencia ABSOLUTORIA en su favor conformeal contenido del artìculo 366 del Còdigo Orgànico Procesal Penal, dispositivo èste que pasa este tribunal a motivar de conformidad con el contenido del artìculo 364 del referido texto penal adjetivo dentro del lapso de ley, en los siguientes tèrminos:
Primero
Identificación del acusado
WILFREDO ALBERTO GONZALEZ SEGURA , venezolano, de 26 años de edad, natural de La guaira, estadoVargas, nacido el dia 21.11-1,985, de estado civil soltero, de oficio obrero,,hijo de Carlos González (v) y de María de Corro (v), y con residencia en: El sector Barrio San Antonio de la Parroquia Naiguatá , calle n# 6, casa sin número, Naiguatá, Estado Vargas.
Segundo
Hechos y Circunstancias Objeto del Proceso
El hecho que le fue atribuido al acusado en la acusaciòn formulada en su contrapor la Fiscalìa quincuagesima primera del Ministerio Pùblico, y debidamente ratificado en el acto de apertura del juicio oral y publico fue el siguiente:
El Ministerio Pùblico en representación de la vìctima y del Estado Venezolano, atribuye al ciudadano WILFREDO ALBERTO GONZALEZ SEGURA, ser las personas que en fecha 30-10-2.014, en la unidad educativa cacique Naiguata, parroquia Naiguata,estado Vargas.
Tercero
Calificación Jurìdica atribuida a los hechos por el Ministerio Pùblico
La Fiscalìa del Ministerio Pùblico con fundamento en tales hechos, presentò acusaciòn formal en contra del acusado de autos, por su responsabilidad en la comisiòn del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN FLAGRANCIA, previsto y sancionado en el artìculo 406 ordinal 1 del Còdigo Penal.
CuartoDesarrollo de la Audiencia
El dia dieciocho (18) de Noviembre de 2.0114, siendo dia y hora fijados para la audiencia, se constituyò el Tribunal primero de Juicio en forma Unipersonal y luego de verificada la presencia de las partes se declarò abierto el Debate Oral y Pùblico conforme a las formalidades previstas en el artìculo 344 del Còdigo Orgànico Procesal Penal en cabal cumplimiento delos principios que lo rigen.
Se le concediò el derecho de palabra a la ciudadana Fiscal ROSANY MORENO, quien en representación de la Fiscaclìa quincuagesima primera del Ministerio Pùblico en forma oral expuso los argumentos de hecho y derecho, así como las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos y los elementos en que se basó la Fiscalía del Ministerio Públicopara acusar al ciudadano WILFREDO ALBERTO GONZALES SEGURA, y en tal sentido ratificó el escrito de acusación presentada en tiempo hábil en contra deL mencionado ciudadano, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN FLAGRNCIA, previsto y sancionado en el ordinal 1 del artículo 406 del Código Penal, e igualmente la representación Fiscal, señaló que demostrará en el presente debate la...
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