Cierre Administrativo Tributario
Quien tiene la facultad; es la Administración Tributaria a través de su personal autorizado CASOS:
I. Cuando se realicenactividades, comerciales, financieras, profesionales u otras actividades gravadas SIN HABERSE REGISTRADO COMO CONTRIBUYENTE ANTE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA.
II. O estando inscrito NO POSEA FACTURAS ODOCUMENTOS que la ley establezca como obligatorios, para emitir o entregar a los adquirientes bienes o servicios. (la medida preventiva de cierre durará un maximo de 15 dias habiles).
* Cuando setrate de personas individuales o jurídicas propietarias de establecimiento empresa o negocio cuya función sea reconocida como servicio público esencial, o bien realicen su actividad de maneraambulante, remplazará su medida cautelar por caución económica de Q10, 000.00 para que regularice su situación en un plazo no mayor de diez días de lo contrario pasara a formar parte de los ingresosprivativos de la Administración Tributaria.
CIERRE JUDICIAL (Art. 86 C.T.)
Art.85 C.T: Se aplicará la sanción de cierre temporal de empresas establecimientos o negocios, cuando se incurra en alguna de lasinfracciones siguientes:
I. No emitir o no entregar facturas, notas de débito, notas de crédito o documentos exigidos por las leyes tributarias específicas, en la forma y plazo establecidos enlas mismas.
II. Emitir facturas, notas de débito, notas de crédito u otros documentos exigidos por las leyes tributarias especificas, que no estén previamente autorizadas por la A.T.
III.Utilizar maquinas registradoras, cajas registradoras, u otros sistemas no autorizados por la A.T. para emitir facturas u otros documentos.
IV. No haber autorizado los libros contables u otros registrosobligatorios establecidos en el código de comercio y las leyes tributarias especificas.
* Si el infractor opone resistencia, o antes de concluir el plazo de sanción viola los marchamos o...
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