Cine BOE
Núm. 171
Jueves 15 de julio de 2010
Sec. III. Pág. 62469
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
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Resolución de 2 de julio de 2010, delInstituto de la Cinematografía y de las
Artes Audiovisuales, por la que se establecen criterios para la obtención del
certificado cultural a los efectos del cumplimiento de los requisitos necesarios
enmateria de ayudas a la amortización de largometrajes.
Primero.–Podrá expedirse el certificado cultural al que se refiere el artículo 58 de la
Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que sedictan normas de aplicación del
Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de
28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de unapelícula e
inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales
y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales,
en suredacción dada por la Orden CUL/1767/2010, de 30 de junio, a favor de una película
cinematográfica en la que al menos el 75 por 100 del elenco de autores, que a estos
efectos son el director, elguionista, el director de fotografía y el compositor de la música;
y de los actores y otros artistas que participen en la elaboración de la película; y del
personal creativo de carácter técnico, así comoel resto del personal técnico que participe
en la misma, esté formado por personas con nacionalidad española o de cualesquiera de
los otros Estados miembros de la Unión Europea, de los Estados parteen el Acuerdo
sobre el Espacio Económico Europeo, o personas que posean tarjeta o autorización de
residencia en vigor en España o en cualesquiera de dichos Estados, siempre y cuando la
películareúna al menos dos de los requisitos siguientes:
a) Tenga como versión original cualquiera de las lenguas oficiales en España.
b) El contenido de la película esté ambientado principalmente en...
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