Circ110 Regimen Pasantias Iess
CIRCULAR No. 110
Quito, 17 de febrero del 2012.
ASUNTO: REFORMAS AL REGIMEN DE PASANTIAS
Estimados Clientes y Amigos:
Consideramos importante recordar a Ustedes las regulaciones al régimen de pasantías conforme Resolución del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, y Acuerdo del Ministerio de Relaciones Laborales publicadas en Registro Oficial N° 559 defecha miércoles 19 de octubre de 2011.
Entre las nuevas regulaciones:
IESS
Resolución N° C.D.380
Se afiliará al IESS a los estudiantes que cursan estudios de Tercer Nivel en una Institución de Educación Superior acreditada conforme la ley, seleccionados en los procesos de formación pre profesional bajo el sistema de pasantías y de los Internos Rotativos del área de Salud que realizan sus prácticasen entidades públicas o privadas; de igual forma se afiliará al IESS a los profesionales de la salud que en calidad de becarios realizan pasantías de especialización en el área de salud en las entidades públicas o privadas.
Para la afiliación de los pasantes, internos rotativos y becarios, además de los requisitos generales se exigirá la certificación del Ministerio de Relaciones Laborales queacredite tal condición.
Los pasantes y becarios son aquellos que ejecutan una actividad sin relación de dependencia laboral, por tanto para efectos de la afiliación la totalidad del aporte será personal, y no incluirá el pago correspondiente al seguro general de cesantía y de los fondos de reserva. La dependencia pública o privada para la cual presten el servicio en calidad de pasantes o becariosserá el agente de retención del aporte, para lo cual del reconocimiento económico asignado por dicho concepto retendrá mensualmente el valor del aporte que corresponda
La materia gravada para el aporte de aseguramiento del pasante o becario, se calculará sobre el estipendio que efectivamente reciban, que en ningún caso será inferior a la parte proporcional del sueldo básico sectorial de laactividad económica en la que realice la pasantía o del sueldo básico unificado del trabajador en general, según corresponda.
El financiamiento de las prestaciones del afiliado como pasante o becario se distribuirá en la misma proporción que del afiliado sin relación de dependencia, cuya cotización al IESS será fijada por el Consejo Directivo.
Para quienes en calidad de pasantes o becarios realicenlabores menores a ocho (8) horas diarias o de menos de cinco días a la semana se aplicará el régimen de afiliación a tiempo parcial, en las mismas condiciones que aquellos trabajadores con relación de dependencia laboral contratados a tiempo parcial…
Por las condiciones especiales de las labores que realizan los Internos Rotativos no podrán acogerse al sistema de afiliación a tiempo parcial, y portanto su afiliación se realizará por treinta (30) días y no será inferior al sueldo básico unificado vigente para los trabajadores en general.
La entidad o empresa pública o privada en donde realice la pasantía el estudiante o becario está obligada a remitir al IESS el aviso de entrada y salida del afiliado, así como de las modificaciones que hubieren del estipendio que recibe el pasante; validarlas solicitudes de clave del pasante; retener el valor de contribución individual del 17,50%; y, depositar al IESS los correspondientes aportes de conformidad con lo establecido en la Ley de Seguridad Social y el presente reglamento.
Ministerio de Relaciones Laborales
Acuerdo Nº MRL-2011-00284
Régimen de pasantías pre laborales para las y los jóvenes entre los 18 y 29 años de edad, conformela Ley de Juventud:
Las pasantías pre laborales son de carácter temporal y en tal razón no generan vinculación laboral entre los pasantes y las entidades públicas o privadas que brinden la capacitación o el entrenamiento pre laboral.
Partes intervinientes.‐ En las pasantías pre laborales intervendrán:
Auspiciante: Son las entidades públicas que auspicien y brinden programas de pasantías pre...
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