CIRCULAR No. 05 DE Gerencia Aeropuerto El Carao PARA Explotadores Areos, Aeronutica Civil, Polica Aeroportuaria, Empresas de Asistencia en Tierra, Seguridad Privada SOS, Coofema-Recuperar, Contratistas, Arrendatarios, y dems explotadores de reas comerciales, Empresas de transporte de valores, Empresas Transportadoras Servicio Pblico del Aeropuerto ASUNTO Cambios en procedimientos deCarnetizacion Fecha Quibd, 25 de septiembre de 2014 La Gerencia del Aeropuerto El Carao, se permite dar a conocer a la comunidad aeroportuaria los nuevos procedimientos sobre la expedicin de permisos y usos de los mismos, utilizados para permitir el ingreso de personas y/o vehculos a las reas o zonas de seguridad restringidas, pblicas del Aeropuerto Antonio Roldn Betancur. Los cambios a implementar sonlos siguientes Cursos-Capacitacin Ser obligacin para la expedicin de un permiso temporal o permanente la asistencia al curso de instruccin, sensibilizacin en seguridad aeroportuaria. El curso de instruccin para el sistema de identificacin es vlido para los seis aeropuertos de la Concesin a saber Jos Mara Crdova de Rionegro, Olaya Herrera de Medelln, Antonio Roldn Betancur de Carepa, El Carao deQuibd, Los Garzones de Montera y Las Brujas de Corozal. El curso debe renovarse anualmente. La presentacin de la copia del permiso permanente o temporal del aeropuerto en el que fue otorgado como base de operacin del usuario, ser constancia suficiente de que el solicitante asisti y aprob el curso. Los cursos de sensibilizacin en seguridad aeroportuaria se dictarn en los siguientes horarios yfrecuencias MartesJueves08300830 Nota Si no se toma esta capacitacin en los horarios establecidos y se requiere un carn permanente o temporal de forma inmediata, aplicarn los recargos que estipulan en la circular anexa a esta comunicacin. De no renovarse el curso anualmente se proceder con la desactivacin de los permisos en el sistema. Vigencia de los permisos Permisos para Personas Carn temporalEl carn temporal tendr una vigencia de 01 a 60 das mximo y se expedir en material PVC o PVC con chip segn proceda. Carn Permanente Se otorga por un trmino no menor a dos meses y hasta por dos aos aplica para los empleados y funcionarios de las empresas o entidades pblicas que desempean sus funciones de manera permanente en el aeropuerto. Se entiende como labor permanente aquella que se realizacon una frecuencia mnima de 3 das por semana durante todas las semanas del perodo de vigencia del permiso. Permisos para Vehculos Carn temporal Este permiso se expedir de 01 da hasta 60 das. Carn permanente Se otorga por un plazo no menor a 61 das y hasta por 180 das a los vehculos que pertenecen a los Grupos I y II, definidos en el numeral 17.6.12 de la Parte Dcimo Sptima de los ReglamentosAeronuticos de Colombia (RAC 17) y en el numeral 7.4.1 del Manual Gua de Operaciones Aeroportuarias de Colombia. Permiso permanente para vehculos autorizados a ingresar a parqueaderos privados del aeropuerto o centros de acopio. Se otorgar por un plazo no menor a 61 das y hasta por un ao a los vehculos de las empresas que tienen arrendado un parqueadero en el rea publica y los taxis autorizados paraoperar en el aeropuerto. Permiso temporal para vehculos que operen en reas o zonas de seguridad restringidas. Se otorga por un plazo de 1 da y hasta por 60 das. Slo aplica para aquellos vehculos que pertenecen al Grupo III, definidos en el numeral 17.6.16 de la Parte Dcimo Sptima del Reglamento Aeronutico de Colombia (RAC 17) y en el numeral 7.4.1 del Manual de Operaciones Aeroportuarias deColombia. Nota Todo vehculo que ingrese a plataforma tiene que tener la pliza de seguros que ampare daos que se puedan ocasionar a las personas, instalaciones, vehculos y aeronaves, por valor mnimo de 500 SMMLV. Pase aeroportuario (Autorizacin aeroportuaria para conduccin en plataforma). Se otorga por una vigencia de mximo 1 ao, a partir de la fecha del curso. Todo conductor que conduzca en reas...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.