Civil Bienes
La comunidad: Es la atribución a varios sujetos de uno o varios derechos. En este sentido, es toda relación o conjunto en que aparezcan como sujetos varias personas simultáneamente.
La Comunidad es la atribución a varios sujetos de uno o varios derechos. Es en sentido civil,condominio.
La comunidad establece la existencia de varios cotitulares que pueden ser dueños o tener otro derecho distinto de propiedad.
Encontramos tres elementos integradores:
a. Pluralidad de sujetos.
b. Unidad de objeto o indivisión material.
c. Atribución de cuotas del derecho de propiedad o derecho real de que se trata a distintos sujetos.
La comunidad en nuestra legislación
Sabemosque parte considerable de la historia de las formas jurídicas en el mundo se han basado en esfuerzos de codificación. Desde Hammurabi hasta nuestros días, la codificación ha sido una respuesta frente a la generación de leyes dispersas o contradictorias entre sí. Una primera visión y perspectiva era la de compilar las normas en un solo texto.
A partir de la revolución Francesa de 1.789, se cobróconciencia de lo dispersa, anárquica, desorganizada y contradictoria que era la legislación de la monarquía absolutista. Una vez asentada la revolución, Napoleón Bonaparte emprendió la tarea de codificar la nueva legislación del Imperio. Su gran aporte legal fue el de especializar por materias los grandes Códigos, redactados de forma sencilla y con sistematicidad de las normas, que deben estarestructuradas dentro de temas relacionados entre sí y normas que eviten la casuística, es decir, válidas para todas las situaciones.
En Venezuela, la tradición codificadora fue establecida en la Constitución de 1.830, cuando el constituyente de entonces atribuyó al Congreso la tarea de codificar y formar los Códigos Nacionales.
En la Constitución de 1.961 (aún vigente) se define de manera inequívocael concepto de Códigos y se le asigna el carácter de una ley donde se reúne en forma sistemática una materia. Así lo define el artículo 162 de nuestra Constitución Nacional:
" Los actos que sancionen las Cámaras como cuerpos Colegisladores se denominarán leyes. Las Leyes que reúnan sistemáticamente las normas a determinada materia podrán llamarse Códigos"
Nuestro Código Civil vigente (de aquí enadelante C.C.) data del año 1.982, y pretende racionalizar la vida jurídica de los ciudadanos, la seguridad jurídica general y especial en materia de Derecho Privado y tiene como efectos su fácil comprensión.
El Título IV, trata del derecho de propiedad y más concretamente "De la Comunidad". Comprende los artículos 759 al 770 y dentro de estos se contempla lo siguiente:
Artículo 759 C.C.:" Lacomunidad de bienes se regirá por las disposiciones del presente Título, a falta de pacto entre los comuneros o de disposiciones especiales." (Subrayado nuestro)
Observamos en la norma transcrita supra lo siguiente;
* a) La existencia de una pluralidad de sujetos, enunciados en la norma como "comuneros",
* b) Que la comunidad de bienes se regirá en primer lugar por el acuerdo entre loscomuneros y en su defecto por la ley, y
* c) La existencia de bienes sobre los cuales se conforman los derechos de la sociedad.
Régimen jurídico
Régimen Jurídico General de la comunidad:
Con Respecto a la Cosa Común:
a) La parte de los comuneros en la cosa común, se presume igual, mientras no se pruebe otra cosa.
b) Cada comunero tiene la plena propiedad de su cuota y delos provechos o frutos correspondientes.
c) Cada comunero puede servirse de las cosas comunes, con tal que o las emplee de un modo contrario al destino fijado por el uso, y de que no se sirva de ellas contra el interés de la comunidad, o de modo que impida a los demás comuneros servirse de ellas según sus derechos.
d) Cada comunero tiene derecho de obligar a los demás a que...
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