Civil Contratos
2. ¿Cuál es el objeto directo de este contrato? En este caso hablamos de una compraventa como bien dice el art. 2248 del cod.civil del Distrito Federalhabrá compraventa cuando uno de los contratantes (Lic. Jesús Enrique Camarena) se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho (partes, equipos, y accesorios para hospitales, laboratoriose industria medica) y el otro se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero (Aquiles Esquivel Madrazo) pactado que el comprador se obliga a pagar el precio total de contado.
3.¿Cuál es el objeto indirecto de este contrato? La fabricación de partes, equipos, y accesorios para hospitales, laboratorios e industria medica—el precio pactado al contado. Art. 747 C.C.D.F. esos productosson objeto de apropiación y art. 1824 son objeto de los contratos la cosa que el obligado debe dar y el hecho que el obligado debe hacer o no hacer.
4. Ante el incumplimiento de F.H.MEX, S.A.DE C.V. ¿Qué puede aspirar la compradora?
Según el art. 1949 el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y perjuicios enambos casos.
O bien con fundamento en el artículo 2027 si el obligado en este caso Lic. Jesús Enrique Camarena F.H. MEX, S.A.DE C.V. no lo hiciere, Aquiles Esquivel Madrazo tiene derecho de pedira costa de aquel se ejecute por otro cuando la sustitución sea posible.
5. ¿Es aplicable la pena convencional?
Si es aplicable, fundamentado en el art. 1840 del C.C.D.F los contratantes...
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