Civil Exa
DE LAS OBLIGACIONES, SUS MODALIDADES Y EFECTOS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
ARTÍCULO 1319. Toda obligación resultante de un acto o declaración de voluntad consiste en dar,
hacer o no hacer alguna cosa.570
ARTÍCULO 1320. La obligación de dar cosa determinada comprende su entrega y la de sus
accesorios y pertenencias, así como los frutos que produzca desde que se perfeccionael
convenio. El deudor es responsable, asimismo, de su conservación, hasta que verifique la
entrega.571
ARTÍCULO 1323. En las obligaciones de hacer, el incumplimiento del obligado da derecho al
acreedor para hacer por sí o por medio de tercero, a costa del deudor, lo que se hubiere
convenido, si la calidad del ejecutante fuere indiferente
ARTÍCULO 1326. Si la obligación es de no hacer, el obligadoincurre en daños y perjuicios por el
solo hecho de la contravención.575
ARTÍCULO 1329. La obligación personal queda garantizada con los bienes enajenables que
posea el deudor en el momento de exigirse su cumplimiento.576
ARTÍCULO 1330. Cuando las condiciones bajo las cuales fuere contraída la obligación cambiaren
de manera notable, a consecuencia de hechos extraordinarios imposibles de prever y deevitar,
haciendo su cumplimiento demasiado oneroso para el deudor, el convenio podrá ser revisado
mediante declaración judicial.577
CAPÍTULO II
OBLIGACIONES ALTERNATIVAS579
ARTÍCULO 1334. El obligado alternativamente a diversas prestaciones, cumple ejecutando
íntegramente una de ellas. El acreedor no puede ser compelido a recibir parte de una y parte de
otra.
CAPÍTULO III
OBLIGACIONESFACULTATIVAS580
ARTÍCULO 1341. Obligación facultativa es la que, no teniendo por objeto sino una sola prestación,
da al deudor el derecho de sustituir esa prestación por otra.
CAPÍTULO IV
OBLIGACIONES MANCOMUNADAS
ARTÍCULO 1347. Hay mancomunidad cuando en la misma obligación son varios los acreedores o
varios los deudores.
Mancomunidad simple584
ARTÍCULO 1348. Por la simple mancomunidad no queda obligadocada uno de los deudores a
cumplir íntegramente la obligación, ni tiene derecho cada uno de los acreedores para exigir el total
cumplimiento de la misma. En este caso, el crédito o la deuda se consideran divididos en tantas
partes como acreedores o deudores haya, y cada parte constituye una deuda o un crédito
separados.
Mancomunidad solidaria585
ARTÍCULO 1352. La obligación mancomunada es solidariacuando varios deudores están
obligados a una misma cosa, de manera que todos o cualquiera de ellos pueden ser constreñidos
al cumplimiento total de la obligación, y el pago hecho por uno solo libera a los demás; y es
solidaria con respecto a los acreedores cuando cualquiera de ellos tiene el derecho de exigir la
totalidad del crédito, y el pago hecho a uno de ellos libera al deudor.
ARTÍCULO1353. La solidaridad no se presume; debe ser expresa por convenio de las partes o
por disposición de la ley.
La solidaridad expresa podrá pactarse aunque los acreedores o deudores no se obliguen del
mismo modo, ni por plazos ni condiciones iguales.
ARTÍCULO 1354. Cada uno de los acreedores o deudores solidarios puede hacer todo lo que sea
útil a los demás, pero no lo que les sea perjudicial. Laacción ejercitada contra cualquiera de los
deudores solidarios perjudica a todos ellos.
ARTÍCULO 1358. El pago total por uno de los deudores solidarios extingue la obligación. El
deudor que hizo el pago total puede reclamar de sus codeudores la parte que a cada uno de ellos
corresponde en la obligación, con los intereses respectivos y gastos necesarios.
CAPÍTULO V
OBLIGACIONES DIVISIBLES EINDIVISIBLES593
ARTÍCULO 1373. Las obligaciones son divisibles cuando su objeto es susceptible de cumplirse
parcialmente; e indivisibles si las prestaciones no pueden ser cumplidas sino por entero.
CAPÍTULO VI
CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
PÁRRAFO I
Pago594
ARTÍCULO 1380. El cumplimiento de la prestación puede ser ejecutado por un tercero, tenga o no
interés y ya sea consintiendo o ignorándolo el...
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