Civil II
LA COMPRAVENTA
D. Matías Ferré estaba casado con Dña. Juana Alemany, la cual por razones de negocios permanecía la mayor parte del año en Francia. D. Matías mantenía relacionesde íntimo afecto con Dña. María Florit, situación facilitada por las frecuentes ausencias de su esposa.
El 18 de Mayo de 1998, D. Matías vendió en escritura pública a Dña. María una finca urbana,sin que la primera inscribiera su derecho en el Registro de la Propiedad.
Posteriormente, con la finalidad de enervar los efectos de la primera transmisión, D. Matías y Dña. Juana otorgaron escriturapública con fecha de 11 de Octubre de 2000, por la que el primero vendía a su cónyuge la finca urbana en cuestión, descrita como “casa de planta baja y dos pisos, señalada con el número 9 de la calleUctam de Palma de Mallorca”. Dña. Juana inscribió su título en el Registro de la Propiedad correspondiente, con una celeridad inusitada.
Se declara en autos como hecho probado que “el vendedorestaba domiciliado en San Telmo, pequeña colonia de la isla de Palma de Mallorca, con un reducido círculo social, en el que de todos los vecinos fue conocida la venta por el frecuente trato entre losmoradores y, desde luego, también llego dicha venta a noticia de la esposa, según corrobora directamente la carta manuscrita dirigida por Dña. Juana Alemany a D. Matías Ferré”.
Fallecido D. Matías, Dña.María demanda a Dña. Juana y los herederos desconocidos del difunto, para que se declare la nulidad de la inscripción registral y que ella es la única propietaria del inmueble.
Resuelva todas lascuestiones de Derecho planteadas por el supuesto, razonando jurídicamente cada uno de sus argumentos.
Venta 18 enero 1998 entre Matías y María como compradora, pero no se inscribe en el registro dela propiedad.
Posteriormente, Matías y Juana otorgan escritura publica de compraventa respecto de la misma finca con fecha de 11 de octubre del año 2000. Dña Juana inscribe su derecho en el...
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