Civil
Para realizar el análisis de la presente sentencia, es necesario que recordemos lo que dice el artículo 1041 del Código Civil de la forma como se sucede abintestato, “ya por derecho personal, ya por derecho de representación”
Esto quiere decir que se puede suceder iure propio o iure representationis, situación que se cuando “aunque no sea más que uno sólo delos varios individuos a quienes corresponde la sucesión, no desciende del mismo tronco del que descienden los otros y viene en lugar de un antecesor”.
En razón de la vocación hereditaria la ley llama a recoger la herencia intestada a determinados parientes del causante y al cónyuge supérstite. Como ello no presume a favor de nadie los vínculos del parentesco o de matrimonio que puedan unirlo,los pretendidos herederos deben demostrar su parentesco, en razón de que quien aspira a beneficiarse en una determinada situación jurídica, debe probar que se halla efectivamente comprendido en ella, salvo presunciones legales en su favor, fenómeno que desplaza la carga de la prueba a la otra parte.
“Del artículo 1041 del código civil -sostiene la corte- se infiere que en la representaciónsucesoral figura el causante o persona en cuya herencia se sucede, el representado o persona que por no poder o no querer suceder deja vacante ese lugar y el representante, o sean los descendientes legítimos (hoy los descendientes) del representado a quienes llama la ley a ocupar el lugar de aquel en la sucesión.
“El derecho de representación exige determinadas condiciones para su cumplimiento.Son ellas: que el lugar del representado esté vacante; que el representante tenga con el causante las cualidades necesarias para heredarlo y que los grados de parentesco intermedio estén vacantes.
“Según el anterior planteamiento, a los derechos abintestato les corresponde demostrar su derecho a la herencia con las pruebas legales respectivas, en orden a establecer las condicionesrequeridas por la ley para suceder por vocación de ellas; que ese llamamiento sea directo o ya indirecto, como sucede en el caso de la representación en que el representante por ocupar el lugar del representado, lo reemplaza o subroga, y adquiere los derechos hereditarios que aquel y finge, además, igual grado de parentesco con el causante.
“Cuando la representación se cumple por el hecho de lamuerte del representado, ese hecho debe demostrarse con la prueba legal respectiva, de la misma manera en que el heredero directo debe establecer la de su causante para acreditar su calidad de sucesor, sin que se pueda en aquella concurrencia, como no se podría en esta, sostener que por la aceptación que de la defunción hiciesen los otros parientes, quedase ella demostrada, pues la ley ha creadoprueba especifica y aun el modo de cumplirla si se acredita la falta del documento principal”
Importancia de la institución. Se expresó en su oportunidad que la sucesión intestada tiene como fundamento el parentesco de consanguinidad y que los parientes más cercanos excluyen a los que se hallaban en grado más lejano. Este principio, si se aplicara de manera rigurosa, propiciaría actos de evidenteinjusticia; si falleciera, un padre que tuvo dos hijos y uno hubiera fallecido este perdería su cuota hereditaria a favor del que queda vivo, sin que sus hijos, nietos del causante, su abuelo, pudieran recibir nada en la sucesión. Para evitar este tipo de injusticias se creó está institución jurídica de la representación, que permite a los descendientes de una persona entrar a ocupar el lugar quecorrespondiera a su padre o madre fallecidos.
Recordemos dos aspectos fundamentales:
1. DEFINICIÓN DE LA REPRESENTACIÓN
“Es una institución jurídica que permite al hijo o hijos recoger la cuota herencial que correspondía a su padre o a su madre, quienes por razones legales no puedan hacerlo.”
2. CARACTERISTICAS
a. La representación no se da sino en relación...
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