Civil

Páginas: 8 (1934 palabras) Publicado: 5 de abril de 2011
LECCIÓN. 14
LOS CUASI-CONTRATOS (Art 1187 C.c)

Tienen una serie de características:
- Hechos lícitos.
- Hecho voluntario.
- Generante de obligaciones.

El Código Civil regula 2 tipos de cuasi-contratos (Art 1888-1901 C.c):

- La gestión de negocios ajenos.
Definida en el Artículo 1888 C.c, se trata de una persona que, por su propia voluntad, se ocupa de los negocios de otro.DOMINUS: Dueño del negocio
GESTOR: Persona que realiza el trabajo
Se dan dos requisitos:
- Que no exista contrato.
- Que no exista precepto legal que lo ordene.

El contenido depende de si el negocio ajeno ha sido ratificado o no por el dueño del negocio (DOMINUS).

Casos:

1- Gestión ratificada: El dominus conoce lo que estáhaciendo el gestor y lo ratifica.
En este caso se entiende que el dominus ha efectuado un mandato y se le aplican las normas del contrato de mandato.

2- Gestión no ratificada: El dominus conoce lo que está haciendo el gestor y no lo ratifica.
Obligaciones para el gestor:
a) Deber de continuar la gestión hasta que la termine (Art 1888 C.c.) Si no puedeterminarlo debe comunicarlo al dueño del negocio.
b) Deber de rendir cuentas, no lo regula el código pero se deriva de la naturaleza de la gestión.
c) Deber de transmitir al dominus lo que haya adquirido por la gestión.
d) La responsabilidad (Art. 1889 y siguientes.)
También se incluye la responsabilidad por caso fortuito cuando actúe de una manera queno es normal para el dueño del negocio (Art 1891 C.c).

Obligaciones para el Dominus:
a) No debe pagarle un sueldo porque se entiende que la persona actúa sin ánimo de lucro pero el artículo 1893 C.c, le obliga a indemnizarle los perjuicios y gastos que haya tenido el gestor en la realización de la gestión.

- El cobro de lo indebido (Art 1895- 1901C.c):

Se da cuandouna persona paga a otra por error o por una deuda inexistente.
En el caso del cobro de lo indebido el Código civil exige la prueba de que el Solvens ha realizado el pago y la prueba de que este ha sido realizado por error.

Se incluyen unas presunciones (Art 1900- 1901 C.c)
1) 1900 C.c:
2) 1901 C.c:

La consecuencia del cobro de lo indebido es la obligación de restituir, se dan dos casos:- Accipiens de buena fe (Art 1897 C.c): Aquel que recibe y acepta una cosa sabiendo que efectivamente se le debía. Se ocupa de la devolución de una cosa determinada. Si es una cosa genérica, deberá devolver otro tanto de la misma especie y calidad.
- Accipiens de mala fe (Art 1896 C.c): Aquel que recibe la cosa y la acepta sabiendo que no se le debe, en este caso, lo que tiene que devolver esmayor.

Nosotros añadimos:
- Enriquecimiento injusto o sin causa:

-Es una institución residual, sólo se acude in-extremis, que da lugar a una acción personal de reembolso que utiliza el que se ha empobrecido contra el que se ha enriquecido.

-Se le aplica la prescripción general de las acciones personales (15 años).

- El que se enriquece debe devolver lacosa misma, si la ha ajenado devolverá el precio, o pagar una indemnización que alcance el coste del enriquecimiento.

-Se da cuando una persona se enriquece a costa del empobrecimiento correlativo de otra.

Requisitos:
1) Enriquecimiento de una persona: Mediante un aumento patrimonial o mediante la evitación de una disminución.
2) Empobrecimiento de otra persona.3) El nexo causal entre enriquecimiento y empobrecimiento: Que una cosa sea consecuencia de la otra.
4) Falta de justificación del enriquecimiento: El enriquecimiento no puede estar basado en una sentencia, ni tener como base un contrato ni una disposición legal.
5) No hace falta mala fe del que se enriquece.

LECCIÓN 15 Y 16
Responsabilidad Civil

(ARTÍCULOS 1902 Y...
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