civil
Interpretar un Acto Jurídico es establecer su verdadero sentido y alcance. La teoría de la interpretación repara el defecto o duda de manifestación de lavoluntad efectiva del agente (en el acto unilateral), o voluntad común de las partes (actos bilaterales).
REGLA DE INTERPRETACION:
Este principio tiene también autoridad legal dentro del ámbitomercantil, puesto que el Código de Comercio en su art. 218 establece: "Siendo necesario interpretar las cláusulas de contrato, servirán para la interpretación de las siguientes bases:
Habiendo ambigüedad enlas palabras, debe buscarse la intención común de las partes, antes que el sentido literal de los términos.
PRINCIPIOS APLICABLES:
a) BUENA FE: Ha dicho Demolombe que "la buena fe es el alma de lasrelaciones sociales", lo cual explica que la regla más importante indique que las convenciones deben entenderse de buena fe, lo que significa lealtad en la concertación del acto, confianza en lapalabra empeñada.
Al art. 1198 del C. Civil dispone: "los contratos obligan no sólo a los que esté formalmente expresados en ellos, sino a todas las consecuencias que puedan considerarse que hubiesen sidovirtualmente comprendidas en ellos". Este art. ha sido reformado por la ley 17.711 que ha sustituido el art. 1.198 por un nuevo precepto que en su primera parte dice: " Los contratos debencelebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe y de acuerdo con lo que verosímilmente las partes entendieron o pudieron entender, obrando con cuidado y previsión". Se trata de una clave esencial para laapropiada interpretación de cualquier acto jurídico.
b) USOS SOCIALES: contribuyen notablemente en la aclaración del alcance del acto. El art. 218 del C. de Comercio establece: " los usos a tomarse encuenta, son los de lugar y ejecución del contrato, es decir donde éste se celebró."
Borda afirma que corresponde atender a los usos del lugar, donde la voluntad se manifieste, porque cada cual...
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