Civil
Campus Villahermosa
Cristian Vera Mireles
Prelectios de la Semana 1
Maestro: Lic. Augusto Cesar Sibilla Quinza
Materia: Contratos
Derecho
ElContrato.
El código civil define al convenio en el artículo 1792 y al contrato como una especie de aquel en el 1793:
Articulo1792: Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear,transferir, modificar o extinguir obligaciones.
Artículo 1793: Los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de contratos.
Julien Bonnecase: Acto jurídico es unamanifestación exterior de voluntad, bilateral o unilateral, cuyo fin directo es engendrar, fundándose en una regla de derecho, en contra o en provecho de una o varias personas, un estado, es deciruna situación jurídica general y permanente o, al contrario un efecto limitado que conduce a la formación, o a la modificación o a la extinción de una relación de derecho.Unilateral (Testamentos)
Acto Jurídico ConveniosBilateral
ContratosHecho jurídico
InvoluntarioDel Hombre
VoluntarioHecho Jurídico
De la Naturaleza...
Regístrate para leer el documento completo.