civil

Páginas: 21 (5087 palabras) Publicado: 7 de agosto de 2014
CAPITULO IX

DECLARATORIA DE AUSENCIA. PRESUNCION DE MUERTE
ARTICULO 694.- (Demanda).
Cuando una persona desapareciere de su domicilio y no se tuviere noticia de ella por más de un año, cualquier interesado podrá pedir al juez del último domicilio nombrar un curador para los efectos de lo dispuesto en el artículo 31 del Código Civil. Este nombramiento podrá hacerse también de oficio.ARTICULO 695.- (Nombramiento de curador y edicto).
El juez, previa información de dos testigos que se recibirá dentro del plazo de cinco días, nombrará curador, quien deberá prestar juramento al aceptar y posesionarse del cargo. El juez ordenará asimismo la publicación de edicto por dos veces cada cinco días.
ARTICULO 696.- (Declaratoria de ausencia).
Si después de dos años a contar de la primerapublicación del edicto no existieren noticias del desaparecido, se procederá de acuerdo con lo mandado por el artículo 32 del Código Civil, abriendo para ese efecto el plazo probatorio de veinte días.
ARTICULO 697.- (Disposiciones complementarias).
En todos los demás trámites, fases o períodos de la declaratoria de ausencia y presunción de muerte relacionados con la persona y los bienes del ausente,el juez se regirá por las disposiciones contenidas en los artículos 33 al 51 del Código Civil.

TITULO IV

DE LOS PROCEDIMIENTOS VOLUNTARIOS
CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 639.- (Clases de procedimientos voluntarios).
Los procedimientos voluntarios comprenderán:
1) La declaratoria de herederos.
2) La renuncia de herencia y la aceptación con beneficio de inventario.
3) Laapertura, comprobación y protocolización de testamento.
4) Los inventarios.
5) La división de herencia y de otros bienes comunes.
6) La mensura y deslinde.
7) La rendición de cuentas.
8) La declaratoria de ausencia y presunción de muerte.
9) Los bienes vacantes y mostrencos.
10) La oferta de pago y consignación.
ARTICULO 640.- (Competencia).
I. Corresponderá a los jueces de instrucciónordinarios, conforme al artículo 134, inciso 3, de la Ley de Organización Judicial, conocer de los procedimientos comprendidos en este capítulo mientras no resultaren contenciosos, excepto el de oferta de pago y consignación que deberá interponerse ante el juez de la cuantía.
II. El procedimiento declarado contencioso será remitido, dentro de tercero día, al juez de partido ordinario, a menos quepor la cuantía o por disposición expresa de la ley le correspondiere al juez instructor, caso en el cual éste continuará conociendo de él.
ARTICULO 641.- (Efectos de la contención declarada).
Declarada la contención, el juez a quien correspondiere tramitar el proceso en la vía ordinaria comenzará a sustanciarlo corriendo traslado de la oposición al demandante. El opositor se considerará comodemandado que hubiere opuesto excepciones siempre que su oposición no importare reconvención, caso en el cual se le dará el trámite correspondiente.

Ley de Organización Judicial
Ley 1455
18 Febrero, 1993
Vigente

CAPITULO II

JUZGADOS DE INSTRUCCION EN MATERIA CIVIL
ARTICULO 177°.- COMPETENCIA
Los jueces de instrucción en materia civil tendrán competencia para:
1. Conocer en primerainstancia, de las acciones personales, reales y mixtas sobre bienes inmuebles, muebles, dinero y valores cuya cuantía será determinada en reunión de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia;
2. Conocer los procedimientos interdictos que señala el Código de Procedimiento Civil;
3. Conocer los procedimientos voluntarios a que se refiere el mismo Código, mientras no resultaren contenciosos;
4.Conocer y decidir en primera instancia, de los procesos de desalojo;
5. Conocer y decidir en procedimiento voluntario, de las demandas de inscripción de partidas de nacimiento y defunción así como las relativas al estado civil de las personas.
6. Conocer en la vía voluntaria, de los actos de reconocimiento de firmas y rúbricas sin consideración de cuantía;
7. Conocer, en general, de todos...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Civil
  • civil
  • civil
  • civil
  • civil
  • civil
  • civil
  • Civil

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS