Civil
Atributos de las Personas
La Persona: Es el ente al que el orden jurídico confiere la capacidad para que le puedan ser imputadas las consecuencias establecidas por la norma, los que se traducen en derecho subjetivo y deber jurídico. a diferencia de otras disciplinas enlas que el término solo se refiere al ser humano, en el Derecho el término es una elaboración técnica que en principio puede aplicarse a cualquier clase de ser real o ideal, ya sea al hombre o a un conjunto de éstos, a un bien o un conjunto de bienes o a una abstracción como Dios.
El ser humano es persona, en cuanto es considerado por el Derecho como sujeto capaz de tener derechos subjetivos ydeberes jurídicos, independiente de su capacidad de querer o tener voluntad, por lo que los infantes dementes y seniles son personas; aunque carezcan de inteligencia y voluntad, o bien, son a veces privados de derechos como pudieron ser los esclavos o los condenados a muerte civil en otras épocas, o en tiempos recientes en los regímenes racistas. Son personas otros seres sociales formados por launión de individuos; para la realización de un fin común y también el conjunto de bienes afectos a realizar la voluntad de un fundador con fines altruistas, artísticos o culturales han sido considerados como Personas por el Derecho. Junto a las personas físicas o individuales que constituyen el ser humano encontramos a las personas morales jurídicas o colectivas que el Derecho Civil
clasifica enpúblicas como: la Nación, los estados y los municipios, y privados como las asociaciones, sociedades y funciones. Cada sistema jurídico es libre de reconocer personalidad a determinados entes, ya existían socialmente o sean creación de la ley: así en algunos sistemas se negó la personalidad a los sindicatos, en otros como el nuestro a la iglesia y en algunos a determinadas agrupaciones políticas comolos partidos comunistas y fascistas, y desde luego a las agrupaciones con fines ilícitos como la mafia y los carteles de narcotraficantes con indiscutible realidad social pero considerados contarios al orden jurídico.
Personalidad: conjunto de facultades, derechos y deberes que la norma jurídica reconoce a un sujeto o persona. Se distingue al portador de la personalidad: en si primero es serhumano, o el conjunto de persona físicas, o de bienes unidos por un fin común lícito. La personalidad la delimitan las normas y son distintos los alcances y contenidos según el tipo de personas de que se trate, es por ello que el concepto de personalidad se equipara a capacidad jurídica que pude ser más o menos amplia. La capacidad jurídica del ser humano se ve restringida en el extranjero comparadocon el nacional o ciudadano y otras épocas se establecía por el sexo o el estado (aristocrático, plebeyo, militar, religioso).En las personas colectivas según sus fines, será su capacidad jurídica. No tiene la misma capacidad jurídica, la Nación que el ayuntamiento, ni la iglesia que una sociedad mercantil.
El CC identifica personalidad con capacidad jurídica cuando dice que el individuo adquierela capacidad jurídica por el nacimiento y la pierde por la muerte, y el concebido por una ficción legal se le tiene por nacido para determinados efectos: donación y herencia.
La personalidad se ha considerado como un atributo inherente al ser humano y par explicar la capacidad jurídica de los entes colectivos se han formulado numerosas teorías; son características la de ficción, las realistasorganicistas o sociológicas y las puramente jurídicas, como creaciones de la norma con criterios técnicos para fines prácticos. En la actualidad estas últimas son las que han prevalecido, considerando que desde un punto de vista puramente jurídico fundamental equivalente a sujeto de derecho, que puede ser imputado a un individuo, aun grupo de éstos o a un conjunto de bienes, quienes tienen...
Regístrate para leer el documento completo.