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Páginas: 231 (57575 palabras) Publicado: 15 de febrero de 2015
SEMINARIO DE DERECHO CIVIL II

1.- LOS BIENES.- Etimológicamente la palabra bien deriva del latín bene, que significa dicha o bienestar.

Conforme al Diccionario de la Real Academia Española el vocablo bien gramaticalmente tiene diversas acepciones, entre ellas, la relativa a las cosas materiales o inmateriales en cuanto objetos de derecho.

Los bienes se manejan en diversas áreascomo la Economía, la Filosofía, el Derecho, etc., pero son distintos los criterios que se emplean en cada ciencia para conceptualizar los bienes.

1.1.- Concepto jurídico.- Bien en sentido jurídico es lo que puede ser objeto de apropiación.

En cambio, bien en sentido económico es lo útil al ser humano. Predomina entonces la idea de utilidad en el significado económico de los bienes, en tantoque en su connotación jurídica lo determinante es la posibilidad de apropiación.

Hay entonces diversidad entre los criterios utilizadas en cada ciencia para caracterizar los bienes, ya que mientras en Economía lo importante es la utilidad, en cambio, en el Derecho lo que interesa es la posibilidad de apropiación. Se advierte la diferenciación entre ambos conceptos, en virtud de que hay objetosque son útiles al ser humano, como el sol, la atmósfera, las estrellas, etc., pero no pueden ser objeto de apropiación o de propiedad privada.

1.2.- Regulación legal.- El Código Civil de Sonora no proporciona expresamente una definición de los bienes, por lo menos no en la forma como se encontraría en un diccionario. Lo que hace el Código Civil es dedicar una sección a los bienes, que iniciade la siguiente manera:

LIBRO TERCERO
DE LOS BIENES Y DE LOS DERECHOS REALES
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES PRELIMINARES

Artículo 913.- Pueden ser objeto de apropiación todas las cosas que no estén excluidas del comercio.
Las cosas pueden estar fuera del comercio por su naturaleza o por disposición de la ley.
Están fuera del comercio por su naturaleza las que no puedenser poseídas por algún individuo exclusivamente, y por disposición de la ley las que ella declara irreductibles a propiedad particular.

La noción jurídica de bienes está inmersa en el Art. 913, pero el legislador sonorense omitió dar la definición precisa, quizás por defecto de técnica o por copia de otros modelos, olvidando que las leyes no solamente están expedidas para los juristas.Quedaría más claro el primer párrafo del Art. 913, si se hubiera redactado de otra manera, como por ejemplo: “Los bienes son los que pueden ser objeto de apropiación, por no estar excluidos del comercio”.

El resto del Art. 913 sí contiene mayor claridad en cuanto a las razones por las cuales las cosas están excluidas del comercio y, por ende, que no puedan ser objeto de apropiación.

Exclusióndel comercio por naturaleza. Están excluidas del comercio, las cosas que no pueden ser poseídas por algún individuo exclusivamente, como el sol, las estrellas, el aire, el mar, etc.

Exclusión del comercio por disposición de la ley. Hay cosas que legalmente son irreductibles a propiedad particular, como ocurre en México con el petróleo que se encuentra bajo el dominio directo de la Nación, altenor del Art. 27 Constitucional.

Debe tenerse en consideración que el contenido del concepto de los bienes ha cambiado en el tiempo. Basta recordar que en la antigüedad los esclavos eran considerados como cosas, lo que no sucede en la actualidad por estar prohibida la esclavitud.

También varía el significado o regulación de los bienes en el espacio. Mientras que el petróleo en México seencuentra bajo el dominio directo de la Nación, en otros países sí puede ser objeto de apropiación y explotación por los particulares.

Llama la atención el hecho que en el Art. 913 se habla esencialmente de cosas y no de bienes. Si solamente se atendiera a este precepto, puede interpretarse que los bienes serían las cosas susceptibles de apropiación. De este modo las cosas serían el género y...
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