Clases de firmas
Toda obligación cambiaria deriva su eficacia de una firma puesta en el titulo valor lo que quiere decir que si al instrumento por más que cumpla con los demás requisitos le falta la firma del suscriptor es como si no existiera y por ende no produce ningún efecto.
Se define como firma la expresión del nombre del suscriptor o de alguno de los elementos que lo integran, o deun signo o símbolo que utiliza para identificarse personalmente. Cuando la ley habla de expresión del nombre se supone que es escribir el nombre y apellidos, y si dice alguno de los elementos se está refiriendo a alguna letra o a lo que comúnmente se conoce como rubrica.
Cuando la ley habla de signos o símbolos bien puede ser con una x impuesta por una persona que no sepa leer ni escribir peroesa sea su manera de identificarse, o con un círculo o una curva, de todas formas se toma como en los usos comerciales como una firma. Esta firma debe estamparse dentro del cuerpo del título, y en lo posible, con excepción del cheque, colocar el número de identificación.
CLASES DE FIRMAS
FIRMAS POR MEDIOS MECANICOS
El art 621 del código de comercio en su inciso 4 autoriza que la firmadel suscriptor sea sustituida por un signo o contraseña impuesta por medios mecánicos, es decir, la firma del suscriptor se puede remplazar por un sello de caucho o un sello metálico, pero clara esta en este caso bajo la responsabilidad del suscriptor del mismo documento. La firma impuesta por medios mecánicos no será suficiente sino en aquellos casos en que la costumbre y la ley lo autoricen,ejemplo los títulos seriales, los bonos y las acciones se acepta este tipo de firma. Los endosos entre bancos se hagan con el simple sello del endosante, es decir, que aquí no se necesita la firma del representante legal del banco endosante.
FIRMA DEL MANDATARIO REPRESENTANTE
Los artículos 640 a 642 regulan la firma del suscriptor de un titulo valor a nombre de otro, cuando se estampa comorepresentante, mandatario u ostentando una calidad similar, cuando se suscribe en desarrollo del llamado mandato o representación aparente y cuando se efectúa sin existir poder o siendo insuficiente para ello.
El artículo 640 del código de comercio, permite que los títulos de valores sean firmados por representantes o mandatarios o personas con calidades similares. Los primeros son aquellos facultadospara celebrar en nombre de un tercero uno o varios actos jurídicos, los mandatarios son aquellos autorizados para celebrar en nombre de un tercero, uno o varios negocios mercantiles, en este caso el mandato es un contrato y el mandatario una de las partes que puede o no conllevar la representación, si se estipula o no, en el primer caso le serán aplicables las normas sobre representación, y sedenominan mandato con representación, en caso contrario se llama mandato simple.
Entre el mandato simple y la representación existen diferencias, pues aquel se circunscribe a actos o negocios mercantiles y excluye los que no tienen esta naturaleza la segunda es mucha más amplia, pues implica la celebración de los actos o negocios jurídicos autorizados por el representado, es decir toda celebraciónde voluntad que produzca efectos jurídicos que vinculen a la persona representada, o sea, comprenda además de actos mercantiles, cualquier acto de carácter jurídico. En síntesis como quiera que el giro, aceptación, endoso, etc., de los títulos valores, es un acto mercantil según ordinal 6 del artículo 20 del código de comercio, el mandatario puede suscribirlos por tener esta naturaleza y elrepresentante igualmente, por ser acto jurídicos.
El mandatario representante puede suscribir un titulo valor en nombre de otro que sea una persona natural o jurídica.
FIRMA SIN AUTORIZACION O SIN PODER
Esta firma implícitamente está consagrada en el artículo 642 en el código de comercio, cuando dice que quien firma a nombre de un tercero sin tener poder para ello se obliga personalmente, a...
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