Clasificacion de las cosas y limitaciones al dominio
Y
Limitaciones al Dominio
Profesor: Sr. Carlos Pérez Bravo
Alumnos: Jimena Cifuentes
Karla Fuentealba
Francisco García de la HuertaJorge Pacheco
Antonio Varas
SANTIAGO, septiembre 20 de 2011
Introducción
El presente trabajo intentara abordar de una forma didáctica y precisa la teoría de los bienes que aborda nuestro código civil, llevándolo auna perspectiva de mayor claridad para el lector. Además se precisara la distinción y relación que existe entre el concepto de cosas y de bienes, que si bien el código los hace sinónimos, nuestra doctrina los presenta en una relación de género a especie.
Además una vez cubierto el tema de los bienes, nos acercaremos a otro tema de importancia refiriendo a las limitaciones del dominio, comoafectan estas al ejercicio de derecho de propiedad, la forma en que se constituyen, sus características y extinción.
I.- Conceptos Generales.
LAS COSAS, LOS BIENES.
Previo a efectuar un estudio de la clasificación de las cosas, es menester establecer con meridiana claridad, si existe una distinción entre lo que conocemos como “cosas” y los “bienes”.
¿Existe realmente una distinción, oambos conceptos son lo mismo y pueden usarse indistintamente?
Al respecto, existen variadas corrientes, es más, conviene distinguir entre el tratamiento legal de los conceptos y el tratamiento doctrinario de los mismos.
Por un lado está claro, que desde el punto de vista del Derecho positivo, nuestro legislador hace sinónimo ambos conceptos, usando en diversos artículos y pasajes denuestros Códigos, indistintamente las palabras “cosas” o “bienes”, inclusive en nuestra propia Constitución Política.
Nuestro Código Civil, es ajeno a las discusiones doctrinarias respecto al tema, y no efectúa una definición de lo que debe entenderse por “cosas” o por “bienes”, y así el propio artículo 565 del C.C., las hace sinónimos, así también ocurre con el artículo 574 del mismo cuerpolegal, al señalar: “Cuando por la ley o el hombre se usa de la expresión bienes muebles sin otra calificación, se comprenderá en ella todo lo que se entiende por cosas muebles, según el artículo 567”.
Sin embargo, el tratamiento doctrinal, es absolutamente distinto, la mayoría de los autores se han ocupado de efectuar una distinción entre “cosa” y “bien”.
De esta manera, han dicho que“cosa” es todo lo que ocupa un lugar en el espacio y podemos percibir por nuestros sentidos. Concepto que puede aplicarse a la definición que da nuestro Código Civil a las Cosas Corporales.
Tal es el criterio que el profesor Orrego, otorga al concepto de Cosas, pero así también, señala que el mismo no puede ser aplicado a las cosas incorporales, pues estas carecen de corporeidad material, y que elCódigo califica como “derechos”, tampoco esta definición puede aplicarse a las cosas sin corporeidad física que no son derechos, como aquellas cosas inmateriales, como las producciones del talento o del ingenio.
En cuanto al concepto de “bien”, no existe uniformidad entre los autores. Una doctrina preponderante, entiende que entre las cosas y los bienes existe una relación de género...
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