clausulas abusivas
Noticias Consumo
¿Se podría considerar como abusiva la cláusula que establece una penalización de
190 euros por baja anticipada del contrato para el servicio Movistar Fusión?
Lourdes García Montoro
Centro de Estudios de Consumo
Universidad de Castilla-La Mancha
La organización de consumidores FACUA exige que Movistar retire la penalización de
190 euros a losclientes de Movistar Fusión por darse de baja en sus servicios de forma
anticipada.
1. Cláusula en discordia
La compañía telefónica requiere a sus clientes un compromiso de permanencia de 12
meses con el servicio de línea fija y móvil, imponiéndoles la penalización en caso de
que se den de baja del servicio con anterioridad al periodo establecido.
La cláusula controvertida prevé variossupuestos:
“- En el caso de que des de baja la conexión fija (Línea Fija y/o ADSL;VDSL o Fibra),
no existirá penalización alguna mientras mantengas de alta la línea móvil principal
asociada a un Gasto Mínimo de 30€/mes (Sin IVA) durante el resto del periodo de
permanencia.
- Por otra parte, si se da de baja la línea móvil antes de finalizar el compromiso
siempre habrá una penalización de 190€(Sin IVA) (lo mismo ocurre en el caso de las
líneas móviles adicionales).
Al firmar dicho compromiso de permanencia en la modalidad Movistar Fusión te
comprometes
a:
- Mantener un servicio de banda ancha fija (Movistar ADSL/VDSL/Fibra con llamadas
a móviles) por un periodo de 12 meses y con una penalización por baja anticipada de la
línea Móvil principal de 190€ (Sin IVA).www.uclm.es/centro/cesco
Noticias Consumo
En caso de baja del servicio fijo, todos los contratos móviles asociados (Línea Móvil
Principal y líneas adicionales si las hubiere) pasarían automáticamente a facturarse
por un gasto mínimo de 30€/mes (Sin IVA).” 1
2. Normativa aplicable
El Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios
(TRLGDCU) contiene varias referencias a lascláusulas abusivas que pueden resultar de
aplicación al caso en sus artículos 62.2 y 3, artículo 82.1, artículo 85.6, y en el artículo
87.6. Estos preceptos consideran abusivas las cláusulas que imponen una indemnización
desproporcionadamente alta al consumidor y usuario que no cumpla sus obligaciones,
hecho que supone un obstáculo oneroso y desproporcionado al ejercicio de derechosreconocidos al consumidor, como es el de poner fin al contrato, además de colocar a las
partes en una situación de desequilibrio con respecto a los derechos y obligaciones
derivados del contrato.
3. Argumentos a favor y contra la declaración de la cláusula como abusiva
FACUA basa su requerimiento en el enriquecimiento injusto que supone para la
compañía telefónica la imposición de esta penalización sinhaber existido perjuicio
equiparable, considerándolo contrario a lo estipulado en el artículo 87.6 del TRLGDCU.
La penalización de 190 euros sin IVA supone un obstáculo al derecho del consumidor a
poner fin al contrato, obligándole a abonar una cantidad por un servicio que no ha sido
efectivamente prestado, no pudiendo corresponderse dicha indemnización con los daños
efectivamente causados.El beneficio que la compañía ofrece al consumidor es el unificar sus facturas de línea
fija y móvil con una oferta especial, pero asociándoles un gasto mínimo que se ve
equiparado con el precio conjunto de ambos servicios. Con lo cual, si el cliente da de
baja el servicio y salvo que la compañía telefónica pueda probar lo contrario, no está
causando ningún perjuicio efectivo, ya que elcliente paga por los servicios que recibe y
no se ha visto beneficiado por obsequios o descuentos ofrecidos por la compañía. Ello
supondría que, al no haberse causado un daño económico a la compañía que guarde
relación con la penalización que se impone por la baja anticipada del servicio, la
1
http://www.ofertamovistar.es/Movistar/movistar-fusion?tid=B000BFOM; apartado “Condiciones del...
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