COA Y LAU
En qué casos se debe presentar:
• Cuando el establecimiento sea una Fuente Fija de Jurisdicción Federal en Atmósfera, artículo 111 Bis párrafo 2° de laLey General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), las industrias: química, petróleo y petroquímica, pinturas y tintas, automotriz, celulosa y papel, metalúrgica, vidrio,generación eléctrica, asbesto, cementera y calera y tratamiento de residuos peligrosos y los responsables de fuentes fijas de jurisdicción federal que cuenten con Licencia Ambiental Única o Licencia deFuncionamiento otorgada por la SEMARNAT. Aplica únicamente para los subsectores establecidos en los artículos 17 Bis y 21 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Prevención y Control de la Contaminaciónde la Atmósfera, reformado el 03 de junio del 2004.
• Si el establecimiento descarga aguas residuales en cuerpos receptores que sean aguas nacionales: ríos, mares, barrancos, etc. Artículo 9 delReglamento de la LGEEPA en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
• Cuando los establecimientos sean grandes generadores de residuos peligrosos, generan≥10 ton deresiduos peligrosos al año; Reglamento de la LGPGIR, artículo 72.
• Si el establecimiento es prestador de servicios de manejo de residuos peligrosos, quienes realizan actividades de: reutilización,centros de acopio, reciclaje, co-procesamiento, incineración, tratamiento, tratamiento por inyección profunda, tratamiento de suelos contaminados, instalaciones de disposición final y transporte. Reglamentode la LGPGIR, artículo 72.
Al final de esta página, en el apartado “Guías, referencias, varios, archivos”, encontrará información de soporte para elaborar la COA.
FORMATO DE SOLICITUD DELICENCIA AMBIENTAL ÚNICA (Formato LAU)
El formato de Solicitud de Licencia Ambiental Única (Formato LAU) fue elaborado con la participación del Comité que para el efecto integró el Grupo de...
Regístrate para leer el documento completo.