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Hay algunas nociones claves que se toman de la pragmática clásica, y que es necesario tener en claro. Consideraremos las siguientes: (i) la distinción entre contenido proposicional y fuerza ilocucionaria, y especialmente la noción de fuerza ilocucionaria o acto ilocucionario (Austin), (ii)la noción de intención comunicativa (Grice) y (iii) la distinción entre lo dicho literalmente y lo comunicado, y en particular, lo implicaturado conversacionalmente (Grice).
Según la teoría de los actos de habla de Austin [Austin 1962], la realización de un acto de habla involucra en realidad la realización de tres actos distintos o tiene fundamentalmente tres aspectos distintos y excluyentesentre sí:
(1) el acto locucionario o la dimensión locucionaria: acto de decir algo o lo dicho al decir algo, es decir, el contenido proposicional del acto (el contenido en cuestión tiene a su vez una dimensión fonética, que comprende los sonidos emitidos, una dimensión fática, que comprende una determinada forma sintáctica, y una dimensión rética, que comprende el significado)
(2) el actoilocucionario o la dimensión ilocucionaria: acto de hacer algo al decir algo, que no es usualmente descripto en términos lingüísticos y que se realiza conforme a una convención que es distinta de las convenciones que gobiernan los significados lingüísticos; es condición suficiente pero no necesaria de que un verbo sea el nombre de un género de acto ilocucionario el que pueda considerarse lo queAustin llama ‘un realizativo explícito’
(3) el acto perlocucionario o la dimensión perlocucionaria: acto de hacer algo por (el hecho de) decir algo, intencional o no intencionalmente, independientemente de toda convención establecida
Ejemplo: “Los declaro marido y mujer”, dicho por un juez de paz en un registro civil. Este acto comprende (1) el acto de decir algo con un cierto contenidoproposicional, (2) el acto de hacer otra cosa al decir algo con ese contenido en determinado contexto, es decir, casar a las dos personas involucradas (lo cual depende claramente de haber respetado cierto procedimiento convencional preexistente que no es meramente una convención lingüística) y (3) otros actos que se realizan como consecuencia de ello, a saber, por ejemplo, causar un profundo dolor acierto miembro de la audiencia vinculado afectivamente con uno de los participantes en la ceremonia (lo cual no depende en absoluto de haber respetado determinada convención preexistente).
La noción austiniana de fuerza ilocucionaria presenta ciertos problemas derivados del hecho de que no siempre parece haber convenciones involucradas más allá de las que constituyen los significados lingüísticos.Por ejemplo, ¿qué convención involucra el acto de advertir? Además, no parece haber modo de distinguir en términos de convenciones involucradas entre dos emisiones distintas de “No te vayas!”, una que constituye un ruego y otra que constituye una orden (es decir, una cuya fuerza ilocucionaria es la de un ruego y otra cuya fuerza es la de una orden). Véase al respecto el siguiente texto deStrawson:
Pero parece igualmente claro, aunque las circunstancias de emisión sean siempre relevantes para la determinación de la fuerza ilocucionaria de una emisión, que existen muchos casos en los que un acto ilocucionario no se realiza conforme a una convención aceptada de ningún género (aparte de aquellas convenciones lingüísticas que ayudan a fijar el significado de la emisión). Esto es, parececlaro que hay muchos casos en los que la fuerza ilocucionaria de una emisión, aunque no esté agotada por su significado, no se debe a convenciones distintas de aquellas que ayudan a darle su significado. Seguramente, hay muchos casos en los que decir ‘El hielo de ahí es muy fino’ a un patinador es proferir una advertencia (es decir algo con la fuerza de una advertencia) sin que sea el caso de que...
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