codigo aduanero
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
L 269/1
I
(Actos legislativos)
REGLAMENTOS
REGLAMENTO (UE) No 952/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 9 de octubre de 2013
por el que se establece el código aduanero de la Unión
(refundición)
artículo 290 del TFUE. Reviste especial importancia que
la Comisión lleve a cabo las consultas oportunas durante
la fasepreparatoria, en particular con expertos. Al pre
parar y elaborar actos delegados, la Comisión debe ga
rantizar que los documentos pertinentes se transmitan al
Parlamento Europeo y al Consejo de manera simultánea,
oportuna y adecuada.
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EURO
PEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en
particular sus artículos 33, 114 y207,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parla
mentos nacionales,
(4)
En particular, cuando se preparen y elaboren los actos
delegados, la Comisión debe garantizar que se consulte
con antelación suficiente y de manera transparente a los
expertos de los Estados miembros y al sector empresarial.
(5)
A fin degarantizar condiciones uniformes de ejecución
del presente Reglamento, deben conferirse a la Comisión
competencias de ejecución para especificar el formato y
los códigos de los datos comunes requeridos a efectos del
intercambio y el almacenamiento de información entre
las autoridades aduaneras, así como entre los operadores
económicos y las autoridades aduaneras, y las normas de
procedimientorelativas al intercambio y almacenamiento
de información que pueda realizarse por medios distintos
de las técnicas de tratamiento electrónico de datos; adop
tar las decisiones que permitan a uno o varios Estados
miembros utilizar medios de intercambio y almacena
miento de información distintos de las técnicas de trata
miento electrónico; determinar la autoridad aduanera res
ponsable delregistro de los operadores económicos y de
otras personas; especificar las disposiciones técnicas para
desarrollar, mantener y emplear sistemas electrónicos;
especificar las normas de procedimiento sobre concesión
y prueba del apoderamiento del representante aduanero
para prestar servicios en un Estado miembro distinto de
aquel en que esté establecido; las normas de procedi
miento sobre lapresentación y aceptación de una solici
tud de decisión relativa a la aplicación de la legislación
aduanera y sobre la adopción y seguimiento de dicha
decisión; las normas de procedimiento sobre anulación,
revocación o modificación de decisiones favorables; las
normas de procedimiento sobre utilización de una deci
sión relativa a información vinculante que ha dejado de
ser válida o que hasido revocada; las normas de proce
dimiento sobre la notificación a las autoridades aduaneras
Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),
De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario (2),
Considerando lo siguiente:
(1)
Es preciso introducir una serie de modificaciones en el
Reglamento (CE) no 450/2008 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 23 de abril de2008, por el que se
establece el código aduanero comunitario (código adua
nero modernizado) (3). En aras de una mayor claridad,
conviene refundir dicho Reglamento.
(2)
Resulta oportuno garantizar la coherencia del Regla
mento (CE) no 450/2008 con el Tratado de Funciona
miento de la Unión Europea (TFUE), en particular con
sus artículos 290 y 292. Resulta asimismo oportuno que
dichoReglamento tenga en cuenta la evolución que ha
registrado el Derecho de la Unión y que se adapten
algunas de sus disposiciones para facilitar su aplicación.
(3)
A fin de completar o modificar algunos elementos no
esenciales del presente Reglamento, deben delegarse en la
Comisión los poderes para adoptar actos con arreglo al
(1) DO C 229 de 31.7.2012, p. 68
(2) Posición del...
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