Codigo civil
Artículo 4.88.- El divorcio disuelve el matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.
Clases de divorcio
Artículo 4.89.- El divorcio se clasifica ennecesario y voluntario. Es necesario cuando cualquiera de los cónyuges lo reclama fundado en una o más de las causas que señala el artículo siguiente y es voluntario cuando se solicita de comúnacuerdo por éstos.
Causas de divorcio necesario
Artículo 4.90.- Son causas de divorcio necesario:
I. El adulterio de uno de los cónyuges;
II. Que la mujer dé a luz, durante el matrimonio, un hijoconcebido antes de celebrarse el mismo con persona distinta al cónyuge;
III. La propuesta de prostitución de un cónyuge al otro no cuando el mismo la haya hecho directamente, sino cuando se pruebe que harecibido cualquier remuneración con el objeto expreso de permitirlo;
IV. La bisexualidad manifestada posterior a los seis meses de celebrado el matrimonio;
V. La incitación o la violencia hecha porun cónyuge al otro para cometer algún delito;
VI. Los actos inmorales ejecutados por alguno de los cónyuges con el fin de corromper a los hijos de ambos, o de uno de ellos, así como la tolerancia desu corrupción;
VII. Padecer alguna enfermedad crónica e incurable que sea además contagiosa o hereditaria;
VIII. Padecer enajenación mental incurable;
IX. La separación del domicilio conyugal pormás de seis meses sin causa justificada;
X. La separación del hogar conyugal originada por una causa que sea bastante para pedir el divorcio, si se prolonga por más de un año sin que el cónyuge que seseparó entable la demanda del divorcio;
XI. La sevicia, las amenazas o las injurias graves de un cónyuge para el otro, que hagan difícil la vida en común;
XII. La negativa de los cónyuges de darsealimentos;
XIII. La acusación calumniosa por un delito, hecha por un cónyuge contra el otro;
XIV. Haber cometido uno de los cónyuges un delito doloso, por el cual tenga que sufrir una pena de...
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