Codigo civil

Páginas: 7 (1549 palabras) Publicado: 5 de septiembre de 2010
TITULO SEXTO
DEL PARENTESCO Y DE LOS ALIMENTOS

CAPÍTULO II
DE LOS ALIMENTOS
ARTÍCULO 298.- La obligación de dar alimentos es recíproca. El que los da tiene a
su vez el derecho de pedirlos.
Congreso del Estado de B.C. Codigo Civil para el Estado de Baja California.
Página 75
ARTÍCULO 299.- Los cónyuges deben darse alimentos. La Ley determinará cuando
queda subsistente esta obligación enlos casos de divorcio y otros que la misma Ley señale.
ARTÍCULO 300.- Los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o
por imposibilidad de los padres, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas
que estuvieren más próximos en grado.
ARTÍCULO 301.- Fue reformado por Decreto No. 193, publicado en el Periódico
Oficial No. 21, de fecha 19 de mayo de 2006,Tomo CXIII, expedida por la H. XVIII
Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Eugenio Elorduy Walther 2001-2007; para
quedar vigente como sigue:
ARTÍCULO 301.- Los hijos están obligados a dar alimentos a los padres. A falta o
por imposibilidad de los hijos, lo están los descendientes más próximos en grado. En el caso
de aquellos adultos mayores de sesenta años de edad, que carezcan decapacidad económica,
deberán proporcionarles, dentro de sus posibilidades económicas, lo necesario para su atención
geriátrica, de preferencia integrándolos a la familia.
ARTÍCULO 302.- A falta o por imposibilidad de los ascendientes o descendientes, la
obligación recae en los hermanos de padre y madre; en defecto de éstos, en los que fueren de
madre solamente, y en defecto de ellos, en losque fueren sólo de padre.
Faltando los parientes a que se refieren las disposiciones anteriores, tienen obligación
de ministrar alimentos los parientes colaterales dentro del cuarto grado.
ARTÍCULO 333.- Fue reformado por Decreto No. 125, publicado en el Periódico
Oficial No. 51, de fecha 18 de noviembre de 2005, Tomo CXII, expedido por la H. XVIII
Legislatura, siendo GobernadorConstitucional el C. Eugenio Elorduy Walther 2001-2007; para
quedar como sigue:
ARTÍCULO 303.- Los hermanos y demás parientes colaterales a que se refiere el
artículo anterior, tienen obligación de dar alimentos a los menores, mientras éstos llegan a la
edad de dieciocho años.
También deben alimentar a sus parientes dentro del grado mencionado, que fueren
personas que no tienen capacidad para comprenderel significado del hecho.
ARTÍCULO 304.- Fue reformado por Decreto No. 151, publicado en el Periódico
Oficial No. 51 Sección I de fecha 10 de Diciembre de 1999, expedido por la Honorable XVI
Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Lic. Alejandro González Alcocer 7 de
octubre de 1998-2001; para quedar vigente como sigue:
Congreso del Estado de B.C. Codigo Civil para el Estado deBaja California.
Página 76
ARTÍCULO 304.- Tratándose de la adopción simple, el adoptante y el adoptado
tienen la obligación de darse alimentos, en los casos en que la tienen el padre y los hijos.
Tratándose de adopción plena se aplicará lo dispuesto por las reglas relativas al
parentesco por consanguinidad, entre las personas que concurran en los términos del artículo
290 de este ordenamiento.ARTÍCULO 305.- Fue reformado por Decreto No. 120, publicado en el Periódico
Oficial No. 53, de fecha 6 de Diciembre 2002, Tomo CIX, expedido por la Honorable XVII
Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Eugenio Elorduy Walther 2001-2007; fue
reformado por Decreto No. 125, publicado en el Periódico Oficial No. 51, de fecha 18 de
noviembre de 2005, Tomo CXII, expedido por la H.XVIII Legislatura, siendo Gobernador
Constitucional el C. Eugenio Elorduy Walther 2001-2007; para quedar vigente como sigue:
ARTÍCULO 305.- Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la
asistencia en caso de enfermedad. Respecto de las personas menores de dieciocho años de
edad, se comprende por alimentos, además, los gastos necesarios para la educación básica
obligatoria...
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