Codigo Civil
Fecha Publicación
Fecha Promulgación
Organismo
Título
Tipo Version
Inicio Vigencia
Fin Vigencia
Id Norma
Ultima Modificación
URL
(Texto no Oficial)
:Ley 19696
:12-10-2000
:29-09-2000
:MINISTERIO DE JUSTICIA
:ESTABLECE CODIGO PROCESAL PENAL
:Ultima Version
De : 08-04-2011
:08-04-2011
:08-02-2012
:176595
:08-ABR-2011 Ley 20507
:http://www.leychile.cl/N?i=176595&f=2011-04-08&p=ESTABLECE CODIGO PROCESAL PENAL
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado
su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"CODIGO PROCESAL PENAL"
Libro Primero
Disposiciones generales
Título I
Principios básicos
Artículo 1º.- Juicio previo y única persecución.
Ninguna persona podrá ser condenada o penada, ni sometida a
una de las medidas de seguridad establecidas en este
Código, sino en virtud deuna sentencia fundada, dictada
por un tribunal imparcial. Toda persona tiene derecho a un
juicio previo, oral y público, desarrollado en conformidad
con las normas de este cuerpo legal.
La persona condenada, absuelta o sobreseída
definitivamente por sentencia ejecutoriada, no podrá ser
sometida a un nuevo procedimiento penal por el mismo hecho.
Artículo 2º.- Juez natural. Nadie podrá ser juzgadopor comisiones especiales, sino por el tribunal que
señalare la ley y que se hallare establecido por ésta con
anterioridad a la perpetración del hecho.
Artículo 3°.- Exclusividad de la investigación
penal. El ministerio público dirigirá en forma exclusiva
la investigación de los hechos constitutivos de delito, los
que determinaren la participación punible y los que
acreditaren la inocencia delimputado, en la forma prevista
por la Constitución y la ley.
Artículo 4º.- Presunción de inocencia del imputado.
Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como
tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme.
Artículo 5º.- Legalidad de las medidas privativas o
restrictivas de libertad. No se podrá citar, arrestar,
www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
detener,someter a prisión preventiva ni aplicar cualquier
otra forma de privación o restricción de libertad a
ninguna persona, sino en los casos y en la forma señalados
por la Constitución y las leyes.
Las disposiciones de este Código que autorizan la
restricción de la libertad o de otros derechos del imputado
o del ejercicio de alguna de sus facultades serán
interpretadas restrictivamente y no se podránaplicar por
analogía.
Artículo 6º.- Protección de la víctima. El
ministerio público estará obligado a velar por la
protección de la víctima del delito en todas las
etapas del procedimiento penal. Por su parte, el
tribunal garantizará conforme a la ley la vigencia
de sus derechos durante el procedimiento.
El fiscal deberá promover durante el curso
del procedimiento acuerdos patrimoniales, medidascautelares u otros mecanismos que faciliten la
reparación del daño causado a la víctima. Este
deber no importará el ejercicio de las acciones
civiles que pudieren corresponderle a la víctima.
Asimismo, la policía y los demás organismos
auxiliares deberán otorgarle un trato acorde con su
condición de víctima, procurando facilitar al máximo su
participación en los trámites en que debiere intervenir.LEY 19789
Art. único Nº 1
D.O. 30.01.2002
Artículo 7º.- Calidad de imputado. Las facultades,
derechos y garantías que la Constitución Política de la
República, este Código y otras leyes reconocen al
imputado, podrán hacerse valer por la persona a quien se
atribuyere participación en un hecho punible desde la
primera actuación del procedimiento dirigido en su contra y
hasta la completa ejecuciónde la sentencia.
Para este efecto, se entenderá por primera actuación
del procedimiento cualquiera diligencia o gestión, sea de
investigación, de carácter cautelar o de otra especie, que
se realizare por o ante un tribunal con competencia en lo
criminal, el ministerio público o la policía, en la que se
atribuyere a una persona responsabilidad en un hecho
punible.
Artículo 8º.- Ámbito de la...
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