codigo de comerico generalidades sobre contabilidad
CONTABILIDAD
ARTICULOS (435-455)
Art. 435.- El comerciante está obligado a llevar contabilidad debidamente organizada de acuerdo con alguno de los sistemas generalmente aceptados en materia de Contabilidad y aprobados por quienes ejercen la función pública de Auditoria. Los comerciantes deberán conservar en buen orden la correspondencia y demás documentos probatorios.Análisis: Dicho artículo establece que el comerciante está obligado a llevar una contabilidad debidamente ordenada, y guardar los documentos probatorios(hasta un máximo de 10 años) que ayuden a esclarecen cualquier anomalía que se presente en la empresa durante ese transcurso de tiempo, a llevar los registros contables principales como lo son Estados Financieros, diario y mayor, y los demás que seannecesario por exigencias contables o por ley y que el contador podrá ser uso de la tecnología para registrar las operaciones contables.
Art. 436.- Los registros deben llevarse en castellano. Las cuentas se asentarán en Colones o en Dólares de los Estados Unidos de América. Toda contabilidad deberá llevarse en el país, aún la de las agencias, filiales, subsidiarias o sucursales de sociedadesextranjeras. La contravención será sancionada por la oficina que ejerce la vigilancia del Estado de conformidad a su Ley. Toda autoridad que tenga conocimiento de la infracción, está obligada a dar aviso inmediato a la oficina antes mencionada.
Análisis: Este artículo establece que la contabilidad debe llevarse en el idioma oficial del país en que se está ejerciendo en el caso nuestro el castellano.Las cuentas se registraran en colones o en dólares aunque hoy en día la mayoría de las empresas las registran en dólares por el hecho de que no quieren estar convirtiendo colones a dólares. También estable que toda contabilidad de las empresas debe llevarse en el país, aun si estás tienen otras agencias fuera del país y que toda autoridad que tenga conocimiento de algún tipo de infracción estáobligada a dar aviso inmediato a la oficina de vigilancia del Estado.
Art. 437.- Los comerciantes individuales con activo inferior a los doce mil dólares de los Estados Unidos de América, llevarán la contabilidad por sí mismos o por personas de su nombramiento. Sin embargo, los comerciantes individuales cuyo activo en giro sea igual o superior a doce mil dólares y los comerciante sociales en general,están obligados a llevar su contabilidad por medio de contadores, de empresas legalmente autorizadas, bachilleres de comercio y administración o tenedores de libros, con títulos reconocidos por el Estado.
Análisis: Este articulo da a conocer que si el activo de la empresa es menor de $12,000.00 el propietario o comerciante individual puede llevar por si solo la contabilidad pero que si el activode la empresa es igual o superior a los $12,000.00 entonces el comerciante está obligado por la ley a contratar empresas autorizadas o contadores públicos con títulos reconocidos por el Estado para que estos lleven la contabilidad de la empresa.
Art. 438.- Los registros obligatorios deben llevarse en libros empastados o en hojas separada, todas la cuales estarán foliadas, y serán autorizadaspor el Contador Público autorizado que hubiere nombrado el comerciante. Tratándose de comerciantes sociales, será el Auditor Externo quien autorizara los libros o registros, debiendo el administrador designado en los estatutos, avalar dicha autorización. Las hojas de cada libro deberán ser numeradas y selladas por el Contador Público autorizado.
Análisis: El artículo dice que el contadorautorizado por la empresa tiene la opción de llevar la contabilidad en libros empastados o en hojas separadas y dichas hojas tienen que estar en numerada y selladas por el mismo y especificar en la primera de ellas una razón firmada y sellada, en la que exprese el nombre del comerciante que las utilizará, el objeto a que se destinan, el número de hojas que se autorizan y el lugar y fecha de la entrega...
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