Codigo de etica
Se considera lo contrario a la ética e incompatible con el digno ejercicio de la profesión, para un miembro del Colegio de Ingeniero de Venezuela:
Primero(virtudes): Actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la responsabilidad y aquellas virtudes de honestidad, integridad y veracidad que deben servir de base a un ejercicio cabal dela profesión.
Segundo (ilegalidad): Violar o permitir que se violen las leyes, ordenanzas y reglamentaciones relacionadas con el cabal ejercicio profesional.
Tercero (conocimiento): Descuidar, elmantenimiento y mejora de sus conocimientos técnicos, desmereciendo así la confianza que al ejercicio profesional concede a la sociedad.
Cuarto (seriedad): Ofrecerse para el desempeño deespecialidades y funciones para las cuales no tengan capacidad, preparación y experiencia razonables.
Quinto (dispensa): Dispensar, por amistad, conveniencia o coacción, el cumplimiento de disposicionesobligatorias, cuando la misión de su cargo sea de hacerlas respetar y cumplir.
Sexto (remuneración): Ofrecer, solicitar o prestar servicios profesionales por remuneraciones inferiores a las establecidascomo mínimas, por el Colegio de Ingeniero de Venezuela.
Séptimo (remuneración): Elaborar proyectos o preparar informes, con negligencia o ligereza manifiestas, o con criterio indebidamente optimista.Octavo (firma): Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección supervisión.
Noveno (obras): Encargase deobras, sin que se hayan efectuado todos lo estudios técnicos indispensables para su correcta ejecución, o cuando para la realización de las mismas se hayan señalado plazos incompatibles con la buenapráctica profesional.
Décimo (licitaciones): Concurrir deliberadamente o invitar, a licitaciones de Estudio y/o proyectos de obras.
Décimo Primero (influencia): Ofrecer, dar o recibir comisiones o...
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