Codigo De La Niñez Y Adoscencia
Nombre: Ricardo Andrade
TITULO IV
DEL JUZGAMIENTO DE LAS INFRACCIONES
Capítulo I
La acción y los sujetos procesales
Art. 334.- Clases deacción.- La acción para el juzgamiento del adolescente infractor es de dos clases: pública de instancia oficial y pública de instancia particular de acuerdo con el Código de Procedimiento Penal. Tratándose de infracciones de acción privada, se las tratará como de acción pública de instancia particular, para las indemnizaciones civiles procederán sin necesidad de acusación particular.
No seadmite acusación particular en contra de un adolescente.
Art. 335.- Los sujetos procesales.- Son sujetos procesales: Los Procuradores de Adolescentes Infractores y el adolescente enjuiciado.El ofendido podrá participar en el proceso de acuerdo a las reglas del presente Código.
Art. 336.- Los Procuradores de Adolescentes Infractores dependientes del Ministerio Público.- ExistiránProcuradores de Adolescentes Infractores para la instrucción de los procesos en que aparezca comprometida la responsabilidad de un adolescente. Corresponde a los Procuradores:
1. Dirigir lainstrucción fiscal contando con el adolescente;
2. Decidir si se justifica el ejercicio de la acción penal según el mérito de su investigación, en este caso su investigación se dirigirá ademása recabar la información establecida en el artículo 309 de este Código;
3. Procurar la conciliación y decidir la remisión o proponer formas anticipadas de terminación del proceso, en loscasos en que procedan;
4. Brindar protección a las víctimas, testigos y peritos del proceso;
5. Dirigir la investigación de la policía especializada en los casos que instruye; y, 6. Las demás funciones que se señale en la ley.
Los Procuradores de Adolescentes Infractores serán nombrados exclusivamente por el Ministerio Fiscal, previo concurso de mérito y...
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