CODIGO DE PROCEDIMIENTOS FAMILIARES SINALOA

Páginas: 287 (71582 palabras) Publicado: 18 de mayo de 2015
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS FAMILIARES DEL ESTADO DE SINALOA
(Creado por Decreto Núm. 973, publicada en el P.O. No. 143, del 27 de noviembre de 2013,
Edición Extraordinaria, Tercera Sección, Parte Uno y Parte Dos.)
Supremo Tribunal de Justicia

TEXTO VIGENTE
Publicado P.O. 27 de noviembre de 2013.

El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del
Estado Libre y Soberano deSinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su
Sexagésima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente,

DECRETO NUMERO: 973

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS FAMILIARES DEL ESTADO DE SINALOA
LIBRO PRIMERO
DE LAS INSTITUCIONES DEL PROCEDIMIENTO FAMILIAR
TÍTULO ÚNICODISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
De la Naturaleza del Procedimiento Familiar
Artículo 1. Las disposiciones de este Código regirán en el Estado, en asuntos del
orden procesal familiar. Los problemas inherentes a la familia se consideran de
orden público y de interés general.
Artículo 2. No se requieren formalidades especiales para acudir ante el Juez, para
solicitar la declaración, preservación,restitución o constitución de un derecho o se
reclame la violación del mismo, o el desconocimiento de una obligación; igual
regla se aplica tratándose de alimentos, de violencia familiar, de calificación de
impedimentos matrimoniales o de las diferencias que surjan entre los cónyuges y
concubinos sobre domicilio, trabajo, administración de los bienes comunes,
educación de las hijas y los hijos,oposición de los cónyuges, padres o tutores, así
como todas las cuestiones familiares de este tipo que reclamen la intervención
judicial.

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CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS FAMILIARES DEL ESTADO DE SINALOA
(Creado por Decreto Núm. 973, publicada en el P.O. No. 143, del 27 de noviembre de 2013,
Edición Extraordinaria, Tercera Sección, Parte Uno y Parte Dos.)
Supremo Tribunal de Justicia

Esta disposición no esaplicable a los casos de nulidad de matrimonio, divorcio,
pérdida de patria potestad y conflictos relativos a la filiación.
Artículo 3. Los juzgados estarán obligados a suplir la deficiencia de las partes en
sus planteamientos de derecho. Con la salvedad de las prohibiciones legales
relativas a alimentos, el juzgador exhortará a los interesados a resolver sus
diferencias ante los especialistasen mecanismos alternativos de solución de
controversias, debiendo tener intervención el Ministerio Público.
Para la aplicación e interpretación de este Código, son principios fundamentales,
la unidad de la familia, el interés superior del niño y la igualdad de deberes y
derechos entre sus pares.
Artículo 4. En caso de oscuridad o insuficiencia de las disposiciones del presente
Código, el Juezdeberá suplirlas mediante la aplicación de los principios generales
del derecho procesal y de manera especial las disposiciones del Código de
Procedimientos Civiles para el Estado.
Ambas instancias están facultadas para estudiar oficiosamente los presupuestos
procesales y a fin de desarrollar un procedimiento con validez y eficacia jurídica.
Artículo 5. En la interpretación de las normas delprocedimiento se aplicará lo
siguiente:
I.

Sobre la repartición de la carga de la prueba no tendrán aplicación;

II.

Para la investigación de la verdad, el juzgador podrá ordenar cualquier
prueba, aunque no la ofrezcan las partes, procurando que la verdad
objetiva prevalezca sobre la verdad formal;

III.

El principio preclusivo en cuanto signifique un obstáculo para el logro de
la verdad, no tendráaplicación en asuntos de niñas, niños y mayores
incapacitados;

IV.

La admisión de hechos y el allanamiento no vinculan necesariamente al
juzgador. No obstante lo anterior, si el Juez encuentra que están
ratificados ante su presencia los escritos de demanda y contestación,
de no ser por pérdida de patria potestad o de contradicción de
paternidad y maternidad, previa citación, se pronunciará la...
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