Codigo del trabajo
Codificación 1, Registro Oficial 196 de 1 de Noviembre del 2000.
CONGRESO NACIONAL
LA COMISION DE LEGISLACION
Y CODIFICACION
En ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 2 del artículo 139 de la Constitución Política de la República,Resuelve:
Expedir la siguiente codificación de la Ley de Inquilinato
TITULO I
Del Ambito de la Ley
Art. 1.- AMBITO.- Esta Ley regla las relaciones derivadas de los contratos de arrendamiento y de subarrendamiento de locales comprendidos en los perímetros urbanos.
Las ordenanzas municipalesdeterminarán el perímetro urbano.
CONCORDANCIAS
* CODIGO CIVIL: Arts. 4, 12, 15, 39, 617, 702, 1856, 1864, 1919.
Art. 2.- LEYES SUPLETORIAS.- En lo no previsto en esta Ley, se aplicarán las disposiciones de los Códigos Civil y de Procedimiento Civil, en lo que fueren pertinentes.
CONCORDANCIAS
* CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR:Arts. 272.
* CODIGO CIVIL: Arts. 4, 12, 19.
TITULO II
De los Locales de Arrendamiento
Art. 3.- CONDICIONES DE LOS LOCALES DE ARRENDAMIENTO.- Los locales destinados al arrendamiento deberán reunir, a más de las condiciones que fijen las ordenanzas municipales, las siguientes:
a) Disponer deservicios higiénicos completos y permanentes, siquiera uno para cada piso de la casa, de acuerdo con las modalidades del lugar.
Cuando en un mismo piso hubiere dos o más departamentos independientes, cada uno de ellos deberá tener, por lo menos, un servicio higiénico completo y exclusivo;
b) Tener aireación y luz suficientes para las habitaciones;
c) Disponer,permanentemente, de los servicios de agua potable y de luz eléctrica, en los sectores urbanos donde existen estos servicios;
d) No ofrecer peligro de ruina; y,
e) Estar desinfectados, lo que se acreditará con el correspondiente Certificado de Sanidad.
CONCORDANCIAS
* CODIGO CIVIL: Arts. 617, 1857.
Art. 4.- REPARACIONES AQUE ESTA OBLIGADO EL ARRENDADOR.- El arrendador está obligado a efectuar las reparaciones y obras necesarias a fin de que los locales reúnan las condiciones exigidas en el artículo precedente.
Cuando las ordenare el Juez de Inquilinato, concederá un plazo para su ejecución.
CONCORDANCIAS
* CODIGO CIVIL: Arts. 811, 812, 813, 1865, 1866, 1867, 1868, 1869,1870, 1871, 1872, 1873, 1874, 1875, 1876, 1877, 1878, 1937, 2223, 2224, 2228.
* LEY DE INQUILINATO, CODIFICACION: Arts. 5, 6, 7.
Art. 5.- DERECHO DE SUBROGACION DEL INQUILINO.- Si, vencido el plazo, el local no hubiere sido puesto en las condiciones ordenadas, el arrendatario, con autorización del Juez podrá efectuar las reparaciones y obrasestrictamente indispensables, a costa del arrendador. En tal caso, descontará de las pensiones locativas el valor invertido, más el diez por ciento de recargo.
CONCORDANCIAS
* CODIGO CIVIL: Arts. 1865, 1868, 1876.
Art. 6.- SANCIONES AL ARRENDADOR.- El arrendador que no efectuare las reparaciones y obras ordenadas por el Juez de Inquilinato, o queprivare a los locales de los servicios existentes, u ocasionare daños en ellos, o dificultare, de cualquier manera, el uso del local arrendado, será sancionado por el Juez de Inquilinato con multa equivalente a una pensión locativa mensual y, si reincidiere, con la de tres pensiones locativas mensuales.
Cuando por las causas puntualizadas en el inciso anterior el...
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