codigo del trsabajo
Art. Del 1 al 12
Art. 1. Este artículo se refiere a las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores las cuales se regularán por este Código yporsus leyes complementarias.
Sin embargo, estas normas no se aplicaran a:
Los funcionarios de la administración del Estado, ya sea , centralizada y descentralizada,(los cuales puedenserdependientes del poder central del estado), instituciones como : del Congreso Nacional y del Poder Judicial, ni a los trabajadores de las empresas o instituciones del Estado o de aquellas en que éstetengaaportes, participación o representación, siempre que dichos funcionarios o trabajadores se encuentren sometidos por ley a un estatuto especial por ejemplo: Fuerzas Armadas del Ejército de Chile,etc.Los trabajadores de las entidades señaladas en el inciso anterior se sujetarán a las Normas de este Código en los aspectos o materias no regulados lo que significa que en sus respectivosestatutosexistan normas Y leyes , relacionadas directamente del Código del Trabajo .
Los trabajadores que presten servicios en los oficios de notarías, archiveros o conservadores se Regirán por lasnormas deeste Código.
SI ESTAS LEYES DEL CODIGO DEL TRABAJO NO SE CUMPLAN, SE DEBE RECURRIR EN PRIMERA INSTANCIA A LA DIRECCION DEL TRABAJO (INSPECCION) AL CUAL CORRESPONDA LA EMPRESA, A LOSTRIBUNALES DELTRABAJO,
Art. 2º. Este artículo se refiere a la función social que cumple el Y trabajo y la libertad de las personas para contratar y dedicar su esfuerzo a la labor lícita que elijan.Las relacioneslaborales deberán siempre fundarse en un trato compatible con la dignidad de las personas.
Dentro de este art. Están prohibidas algunas conductas tales como;
El acoso sexualindebido;Entendiéndose por tal el que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen... [continua]...
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