codigo deontologico

Páginas: 14 (3466 palabras) Publicado: 22 de septiembre de 2015
ARTICULO 1º
En el presente CODIGO DEONTOLOGICO de la profesión del Criminólogo/a está destinado a servir como conjunto de regias de conducta profesional, en el ejercicio de la Criminología en cualquiera de sus modalidades. El Ilustre Colegio Oficial de Criminólogos lo hará suyo en su día y de acuerdo con sus normas juzgará el ejercicio de la profesión de los colegiados.
ARTICULO 2º
La actividaddel Criminólogo se rige, ante todo, por los principios de convivencia y de legalidad democráticamente establecidos en la Constitución Española.
ARTICULO 3º
En el ejercicio de su profesión el/la Criminólogo/a tendrá en cuenta las normas sociales explícitas o implícitas del entorno en el que actúa, considerándolas como elementos de la situación y valorando las consecuencias que la conformidad odesviación respecto a ellas puedan tener en su quehacer profesional.
ARTICULO 4º
El/La Criminólogo/a rechazará cualquier clase de impedimentos o trabas a su independencia profesional y al legítimo ejercicio de su profesión, dentro del marco de derechos y deberes expresados en este Código.
PRINCIPIOS GENERALES
ARTICULO 5º
El ejercicio de la Criminología se ordena a una finalidad social y humana,promoviendo el respeto a la vida, a la dignidad y a la libertad de la persona humana, pudiéndose expresar en objetivos tales como: el bienestar, la calidad de vida, la justicia, la igualdad, la seguridad, la plenitud del desarrollo de las personas y los grupos tanto individual como socialmente. Dado que estos objetivos no son exclusivos de la Criminología se hace necesaria la permanente colaboracióninterdisciplinar con otros profesionales, sin perjuicio de las competencias y saber de cada uno de ellos.
ARTICULO 6º
La profesión de Criminólogo/a se rige por principios universales y comunes a toda deontología profesional: respeto a la persona, protección de los derechos humanos, sentido de responsabilidad, honestidad, sinceridad para con los clientes, prudencia en la aplicación e instrumentosy técnicas, competencia Profesional, solidez de la fundamentación objetiva y científica de sus intervenciones profesionales.
ARTICULO 7º
El/a Criminólogo/a no realizará por sí mismo, ni contribuirá a prácticas que atenten contra la libertad física, psíquica, moral o ideológica de las personas. Su intervención directa o indirecta en prácticas o procedimientos crueles, inhumanos o degradantes, tales comola tortura, los malos tratos y otras constituye la más grave violación de la ética profesional de los/las Criminólogos/as. Todo Criminólogo/a tiene el deber de informar, al menos a los organismos colegiales, acerca de violaciones de los derechos humanos, malos tratos o condiciones de reclusión crueles, inhumanas o degradantes de que sea objeto cualquier persona y de los que tuviere conocimiento enel ejercicio de su profesión.
ARTICULO 8º
El/La Criminólogo/a respetará la libertad ideológica, incluso lós criterios y opiniones religiosas o morales, escala de valores e ideas personales de sus clientes, sin que ello impida su cuestionamieto cuando sea necesario y pertinente en el curso de una intervención. En la prestación de sus servicios el/la Criminólogo/a no hará ninguna discriminación depersonas por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, credo, ideología,nacionalidad, situación social o cualquier otra diferencia.
ARTICULO 9º
El/La Criminólogo/a no aprovechará, para lucro o beneficio propio o de terceros, la situación de poder o superioridad que el ejercicio de la profesión pueda conferirle sobre los clientes.
ARTICULO 10º
Especialmente en sus informes, pericias y dictámenesescritos el/la Criminólogo/a será sumamente cauto, prudente y crítico, frente a nociones que fácilmente degeneran en etiquetas devaluadoras y discriminadoras, del género de adaptado/inadaptado-desadaptado, normal/ anormal-desviado, delincuente peligroso/nocivo.



ARTICULO 11º
El/La Criminólogo/a nunca realizará maniobras de captación dirigidas o encaminadas a que le sean confiados los casos o...
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