Codigo fiscal de la federacion
Cuando sólo incrementen sus ingresos o el valor de sus actos o actividades.
Cuando sólo disminuyan sus deducciones o pérdidas o reduzcan lascantidades acreditables o compensadas o los pagos provisionales o de contribuciones a cuenta.
Cuando el contribuyente haga dictaminar por contador público autorizado sus estados financieros, podrácorregir, en su caso, la declaración original como consecuencia de los resultados obtenidos en el dictamen respectivo.
Cuando la presentación de la declaración que modifica a la original se establezcacomo obligación por disposición expresa de Ley.
Artículo 42.- Las autoridades fiscales a fin de comprobar que los contribuyentes, los responsables solidarios o los terceros relacionados con elloshan cumplido con las disposiciones fiscales y determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, estarán facultadas para:
Rectificar los errores aritméticos, omisiones u otros queaparezcan en las declaraciones, solicitudes o avisos, para lo cual las autoridades fiscales podrán requerir la presentación de la documentación que proceda, para dar a conocer el error u omisión que seencuentre.
Requerir domicilio, establecimientos o en las oficinas de las propias autoridades, para llevar a cabo su revisión, la contabilidad, proporcionar datos, otros documentos o informes.
Practicar visitas y revisar su contabilidad, bienes y mercancías.
Revisar los dictámenes formulados por contadores públicos sobre los estados financieros de los contribuyentes y sobre lasoperaciones de enajenación de acciones que realicen, la declaratoria por solicitudes de devolución de saldos a favor de impuesto al valor agregado y cualquier otro dictamen que tenga repercusión para efectos...
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